Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 28/11/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ORDEN de 30 de octubre de 1992, por la que se modifica el artículo 15 de la de 28 de enero de 1985, por la que se regula el otorgamiento de autorizaciones para la realización de actividades arqueológicas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El artículo 52 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, del Patrimonio Histórico de Andalucía, somete a autorización administrativa la ejecución de actividades arqueológicas en nuestra Comunidad Autónoma. Por su parte, el artículo 54 del mismo cuerpo legal remite al desarrollo reglamentario la regulación del procedimieto para el otorgamiento de las autorizaciones.

En la actualidad el procedimiento vigente se encuentra regulado por la Orden de 28 de enero de 1985 (BOJA número 15, de 15 de febrero), vigente de conformidad con lo previsto por la disposición derogatoria de la Ley 1/1991 de 3 de julio, del Patrimonio Histórico de Andalucía, si bien esta Consejería elevará al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en fecha próxima, el proyecto de Decreto de actividades arqueológicas, en desarrollo del título VI de la Ley 1/1991 de 3 de julio. La próxima promulgación del referido Decreto aconseja modificar el plazo de presentación de solicitudes, con objeto de que la Campaña Arqueológica de 1993 se rija por la nueva norma reglamentaria, que regulará de forma integral la ejecución de todo tipo de actividades arqueológicas.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas, dispongo:

Artículo Unico.

Se modifica el artículo 15 de la Orden de 28 de enero de

1985 (BOJA número 15, del 15 de febrero), que tendrá la siguiente redacción:

«El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 1 de marzo de cada año. La Comisión Andaluza de Arqueología deberá emitir su informe antes del 31 de marzo. El Director General de Bienes Culturales, examinado el informe memoria de los trabajos y descubrimientos del año anterior, y a la vista del informe de la Comisión Andaluza de Arqueología, resolverá antes del 15 de abril, sobre la realización de las actividades solicitadas.

DISPOSICION ADICIONAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de octubre de 1992

JUAN MANUEL SUAREZ JAPON

Consejero de Cultura y Medio Ambiente

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