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Vista la solicitud presentada por D. Félix Díez Burgos, como presidente de la Fundación «Rumasa¯, en orden al reconocimiento por esta Consejería del interés público de la Fundación mencionada y su calificación de Fundación Cultural Privada, se resuelve con la decisión que figura al final a la que sirven de motivación los hechos y fundamentos jurídicos detallados seguidamente:
HECHOS
1º) Con fecha 2 de abril de 1991 se recibe en esta Consejería de Cultura y Medio Ambiente, la documentación correspondiente a la Fundación «Rumasa¯ enviada por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales (en adelante IASS), Organismo adscrito a la Consejería de Asuntos Sociales.
La Fundación «Rumasa¯ fue clasificada por Resolución del Ministerio de Gobernación de 13 de marzo de 1973, como de beneficencia particular mixta.
El IASSA la recige a su vez de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Sociales, que en virtud de una Resolución de 14 de mayo de 1990 de la misma aprobó las modificaciones estatutarias correspondientes a los fines, domicilio y ámbito territorial que quedó fijado en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2º) Tras producirse una serie de vicisitudes temporales en orden a la adscripción de la Fundación al Protectorado correspondiente, pronuniándose al Gabinete Jurídico de la Consejería de Presidencia mediante informe emitido en enero de 1992, sobre la competencia de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente en la adscripción de la misma, se procede a solicitar a la Fundación una serie de documentación en orden a recopilar la preceptiva exigida por el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas aprobado por Decreto 2930/72 de 21 de julio.
3º) Dichos documentos se referían al Presupuesto, órgano de gobierno, reglas para la determinación de los beneficiarios y Patrimonio de la Fundación, recibiéndose los mismos de modo completo con fecha 10 de junio del año en curso.
Se adjuntan los Estatutos de la Fundación y las modificaciones correspondientes donde constan, como es reglamenterio, su denominación, fines y objetivos, entre otros, de desarrollar la cultura en la zona de Jerez de la Frontera en su más amplia acepción; y su domicilio en la calle Ancha nº 3 de esta localidad.
FUNDAMENTOS DE DERECHOS
1) Cumplidas fundamentalmente las exigencias establecidas en el artículo 1º del Reglamento de Fundaciones aprobado por Decreto 2930/72 de 21 de julio, establecido como norma supletoria en la disposición transitoria segunda del Decreto 89/85 de 2 de mayo, por el que se crea el Registro de Fundaciones Privadas de carácter Cultural y Artístico, Asociaciones y Entidades Análogas de Andalucía, referidas a los datos personales del fundador, la expresión de su voluntad fundacional, el Patrimonio de la Fundación y Organos representativos de la misma.
Articuladas en sus Estatutos las exigencias del artículo 8 de la referida Orden de 3 de julio en cuanto a su denominación, objeto, domicilio y atribuciones de sus órganos directores. Establecidas en la misma Orden de 3 de julio de 1985, en su artículo 10.2 y en el Registro de Fundaciones, aprobado por Decreto
2930/72 de 21 de julio en su artículo 85.1 las competencias, en la resolución del expediente del Consejero de Cultura y Medio Ambiente.
A propuesta de la Asesoría Técnica de Fundaciones, vistos los informes de la Asesoría Jurídica de la Consejería y del Gabinete Jurídico de la Consejería de Presidencia, teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y las normas de general aplicación, así como lo previsto en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 6/83 del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
HE RESUELTO
1º) Reconocer el carácter cultural de interés general de la Fundación «Rumasa¯.
2º) Calificarla como Fundación de la financiación, promoción y de servicio, en atención a los fines que persigue.
3º) Encomendar su representación y gobierno a la Junta
Rectora, compuesta por los miembros del Consejo de Administración de Rumasa, S.A.
4º) Aprobar su Presupuesto de Ingresos y Gastos presentado por la Fundación.
5º) Ordenar su inscripción en la Sección 1 del Registro de Fundaciones Privadas de carácter Cultural y Artístico, Asociaciones y Entidades Análogas de Andalucía.
Sevilla, 24 de octubre de 1992
JUAN MANUEL SUAREZ JAPON
Consejero de Cultura y Medio Ambiente
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