Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 17/12/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 3 de diciembre de 1992, por la que se concede una subvención de tres millones trescientas treinta y cinco mil pesetas al Ayuntamiento de Camas, de la provincia de Sevilla, con destino a sufragar gastos de sostenimiento de obras y servicios de interés municipal.

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El Decreto 117/89, de 31 de mayo, regula la concesión de subvenciones por parte de esta Consejería de Gobernación, encontrándose previsto en el mismo y entre otras, aquéllas que se otorgaren a las Corporaciones Locales con destino a los gastos que no comporten inversión y respondan a los realizados para el sostenimiento de obras o servicios de competencia municipal y relacionados con los asignados a esta Consejería. Por el Ayuntamiento de Camas se ha formulado la correspondiente petición para la concesión de esta clase de subvenciones al amparo del citado Decreto.

Visto el expediente tramitado al respecto por la Dirección General de Administración Local y Justicia, y teniendo en cuenta las atribuciones que me están conferidas por el Decreto 117/89, de 31 de mayo, que regula la concesión de estas subvenciones, como asimismo las facultades que se me otorgan por la Ley

5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, de Presupuestos de esta Comunidad Autónoma para el presente ejercicio de 1992.

D I S P O N G O:

Primero. Conceder al Ayuntamiento de Camas una subvención, por importe de 3.335.000 pesetas, con destino a sufragar gastos de sostenimieno de obras y servicios de interés municipal.

Segundo. La subvención que precede se declara específica por razón de su objeto y se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 2.12.01.461.00.81A.

Tercero. La subvención concedida será fiscalizada a posteriori y justificada ante esta Consejería de Gobernación en la forma prevista en el Art. 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/88, de 5 de abril. Asimismo, serán remitidos a este Organo concedente los justificantes del uso de dicha subvención, de acuerdo con lo establecido en el Art. 18 de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre.

Cuarto. De esta Orden, se le dará conocimiento a la Corporación beneficiaria y se publicará en el BOJA a los efectos consiguientes.

Sevilla, 3 de diciembre de 1992

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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