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El artículo 7º.1 de la Ley 4/1983 de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales prevé la sustitución de los miembros representativos de dicho órgano colegiado durante el período de su mandato, a propuesta de la organización a la que represente. Habiéndose producido propuesta en tal sentido de la Confederación de Empresarios de Andalucía, procede hacer efectivo lo establecido en la indicada norma y disponer el correspondiente cese.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo
44.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.
D I S P O N G O :
Artículo primero. Vengo a cesar como miembro suplente del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales a D. Javier Ciézar Muñoz, en representación de la Confederación de Empresarios de Andalucía.
Sevilla, 4 de marzo de 1992
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucíaí
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