Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 24/3/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 11 de marzo de 1992, por la que se modifica la cuantía de las subvenciones a otorgar por los Delegados de Gobernación en la Orden de 2 de junio de 1989.

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El artículo decimoctavo, apartado cuatro, de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992, atribuye la competencia para otorgar subvenciones a los titulares de las Consejerías.

el Decreto 117/89, de 31 de mayo, que regula las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a las Corporaciones Locales y a aquellas Entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades relacionadas directamente con las competencias que tiene asignadas esta Consejería, autoriza a la misma, en su artículo 3º, para efectuar las delegaciones que estime oportunas de la facultad subvencionadora que el mencionado Decreto le reconoce.

Como desarrollo del citado Decreto, se dictó la Orden de esta Consejería de 2 de junio de 1989 que facultó a los Delegados de Gobernación para la concesión de subvenciones hasta una cuantía máxima de un millón de pesetas, cantidad que es necesaria aumentar para conseguir el objetivo de una mayor celeridad en la concesión de las subvenciones.

En virtud de las atribuciones conferidas en el artículo decimoctavo, apartado cuatro, de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre y en el artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

D I S P O N G O

Artículo único:

Se delega la concesión de las subvenciones previstas en el Decreto 117/1989, de 31 de mayo de los Delegados de Gobernación, hasta una cuantía máxima de cinco millones de pesetas.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación.

DISPOSICION DEROGATORIA

Se deroga el artículo 1º de la Orden de 2 de junio de 1989.

Sevilla, 11 de marzo de 1992

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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