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D. Antonio Bustos Fernández, Alcalde-Presidente, del Ayuntamiento de Iznatoraf (Jaén).
HACE SABER
Que en sesión extraordinaria de Pleno de fecha 2.4.92 se han aprobado las siguientes
Bases para la provisión en propiedad de una plaza de Auxiliar de Administración General mediante oposición libre.
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, por el procedimiento de oposición libre, de una plaza de la plantilla de este Ayuntamiento, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo D.
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte a las pruebas selectivas, los aspirantes han de reunir las siguientes condiciones:
Ser español.
Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de 55 años, ambas referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de instancias, del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o título equivalente.
No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
No tener otro empleo en el sector público en el momento de la contratación y no estar incurso en causa de incapacidad para ser contratado, de acuerdo con la legislación vigente. No haber sido separado mediante expediente disciplinario, de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Tercera. Instancias.
Deberán hacer referencia a que se reúnen todas las condiciones exigidas en la base segunda, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Se dirigirán al Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determine el art; 66 de la Ley de Procedimeinto Administrativo, en el mismo plazo los derechos de examen se fijan en 2.000 ptas y los aspirantes adjuntarán a la instancia el resguardo acreditativo de su ingreso.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias la Alcaldía aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en el plazo de un mes.
Dicha lista se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento concediéndose un plazo de 10 días, de conformidad con el art. 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo, para la subsanación de posibles defectos.
En la misma resolución el Alcalde determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, el orden de actuación de los aspirantes y la composición del Tribunal calificador.
Quinta. Pruebas selectivas y su calificación. La oposición constará de dos ejercicios.
Primer ejercicio. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en copiar a máquina durante 10 minutos un texto que facilitará el Tribunal a una velocidad de 250 pulsaciones por minuto, no permitiéndose máquina eléctrica o electrónica. Se calificará la velocidad desarrollada, la limpieza y exactitud de lo copiado y la corrección que presente el escrito.
Segundo ejercicio. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar oralmente, en un período máximo de 20 minutos, dos temas extraídos al azar entre los que figuran en el programa adjunto a las presentes bases, uno de la parte primera y otro de la parte segunda. La realización de las pruebas de este ejercicio será pública y se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos.
Los miembros del Tribunal podrán realizar preguntas a los aspirantes, relativas a los temas que les hayan correspondido, durante un período de 10 minutos.
Los ejercicios serán eliminatorios y serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
El número de puntos podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de cero a diez. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes en aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.
El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios.
Sexta. Tribunal calificador.
Estará integrado, conforme a lo dispuesto en el art., 4 del R.D.
896/1991 de 7 de junio y el art. 11 del R.D. 2223/1984 de 19 de diciembre. por los siguientes miembros:
Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Vocales: Un representante de la Comunidad Autónoma, Un
representante del profesorado oficial, a designar por el señor Alcalde Un funcionario de carrera designado por el señor Alcalde. Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz y voto.
El Tribunal podrá acordar la incorporación de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas y queda autorizado
para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en las presentes bases.
Séptima. Relación de aprobados.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por el orden de puntuaciones, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, formulando al señor Alcalde la propuesta de nombramiento.
Octava. Presentación de documentos.
El aspirante propuesto presentará en el plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación de aprobados, en la Secretaría del Ayuntamiento, la documenación acreditativa de reunir los requisitos exigidos en la base segunda.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo por causas de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados , quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia.
Novena. Nombramiento y toma de posesión.
Concluido el proceso selectivo y aportada la documentación precisa, el Alcalde procederá a nombrar funcionario de carrera al aspirante seleccionado, debiendo éste tomar posesión en el plazo de treinta días, a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el R.D. 707/1979 de 5 de abril.
Quienes sin causa justificada no tomen posesión en el plazo señalado, quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del nombramiento conferido.
Décima. Normas de aplicación.
Para lo no previsto en las presentes bases o en aquello que las contradigan, serán de aplicación la Ley 7/1985 de 2 de abril; Real Decreto 781/1986 de 18 de abril; Ley 30/1984 de 2 de agosto; Real Decreto 896/1991 de 7 de junio; Real Decreto
2223/1984 de 19 de diciembre y demás disposiciones vigentes en la materia.
ANEXO
I MATERIAS COMUNES
Programa del 2º ejercicio.
A) Constitución Española.
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Significado y Estructura. Principios Generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El defensor del Pueblo.
B) Organización del Estado.
Tema 3. La Organización del Estado en la Constitución. La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: composición atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.
Tema 4. La Organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.
Tema 5. la Organización de la Administración Pública en el Ordenamiento español. La Administración del Estado. La Organización ministerial. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Las comisiones Delegadas del Gobierno. Los Ministros.
C) Estatuto de Autonomía.
Tema 6. La Constitución de las Comunidades Autónomas.
Competencias. El Estatuto de Autonomía: Procedimiento de elaboración, contenido y valor normativo. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas.
D) Derecho Administrativo General.
Tema 7. El Derecho Administrativo. Concepto. Fuentes del Derecho Administrativo. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Tema 8. El procedimiento Administrativo: su significado. Fases del procedimiento administrativo general.
E) Regimen Local.
Tema 9. La Administración Local. Concepto. Entidades que comprende. El Régimen Local Español. Regulación Jurídica. Tema 10. La Provincia en el Régimen Local. Organización Provincial. Competencias. El Presidente de la Diputación Provincial. Los Vicepresidentes. El Pleno de la Diputación. La Comisión de Gobierno. Comisiones Informativas.
Tema 11. El Municipio: Su concepto. Organización Municipal. El Alcalde: elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.
Tema 12. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria, orden del día. Actas y certificados de acuerdos. Tema 13. Procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Comunicaciones y notificaciones. Tema 14. La Función Pública local y su organización.
Tema 15. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Derechos de sindicación. La Mutualidad Nacional de Administración Local.
F) Hacienda Pública y Administración Tribuntaria.
Tema 16. Haciendas Locales: Clasificación de ingresos. Los presupuestos locales.
Tema 17. Potestad tributaria de los Entes Locales. Fases de la potestad tributaria. Ordenanzas fiscales: potestad reglamentaria de las Entidades Locales. Tramitación de Ordenanzas y Acuerdos de las Entidades Locales. Contenido y entrada en vigor de las Ordenanzas.
II MATERIAS ESPECIFICAS
Tema 18. Introducción a la comunicación. La comunicación humana. El lenguaje como medio de comunicación. Diferencia entre comunicación e información. Tipos de comunicación: oral y telefónico. Tema 19. Atención al público. Acogida e información al administrado. Los servicios de información administrativa.
Tema 20. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo. Especial consideración al archivo de gestión.
Tema 21. Análisis documental: documentos oficiales. Formación del expediente. Documentación del apoyo informativo. Criterios de ordenación de archivos. El archivo como fuente de
información: servicio del archivo.
Tema 22. Aplicación de las nuevas tecnologías a la documentación del archivo. Disposiciones legales sobre normalización y procedimiento: escritos oficiales.
Tema 23. El concepto de informática. Desarrollo histórico. La información y el ordenador electrónico. Nociones sobre microordenadores. Elementos físicos. Sistema operativo. Programas de aplicación. Tema 24. La Automatización de oficinas. Concepto y aplicaciones. Sistemas físicos y lógicos. Archivo y agenda electrónica. Tema 25. Los sistemas de tratamiento de textos.
Tema 26. La hoja electrónica de cálculo. Los gráficos de oficina. El correo electrónico.
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