Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 28/5/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 15 de abril de 1992, del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, por la que se declara la emergencia cinegética temporal en el término municipal de Algar y zonas colindantes de los términos municipales de Jerez y Arcos de la Frontera (Cádiz). (Res. R-11/92).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la propuesta de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Cádiz, como consecuencia de la petición formulada por D. Pedro Manzano Olemo y otros agricultores solicitando la declaración de emergencia cinegética temporal en el término municipal de Algar y zonas colindantes de los términos municipales de Jerez y Arcos de la Frontera (Cádiz), con determinación de las medidas de carácter cinegético conducentes a reducir los daños originados en los cultivos de sus explotaciones agrícolas por las reses de caza mayor procedentes de los cotos colindantes. Resultando que efectuadas las correspondientes inspecciones por el personal técnico y guardería de esta Delegación Provincial, se ha comprobado la existencia efectiva de dichos daños. Vistos la Ley de Caza de 4 de abril de 1970, su Reglamento aprobado por Decreto de 25 de marzo de 1971, la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y la Flora y Fauna Silvestres, la Orden de 25 de junio de 1991, de Regulación de la Caza en Andalucía, la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958 y demás disposiciones concordantes. Considerando que de conformidad con lo establecido en los artículos 25.5 del Reglamento de Caza, 28 de la Ley 4/1989 y Disposición Adicional Tercera, 3 de la mencionada Orden de Regulación de la Caza en Andalucía, esta Presidencia está facultada para dictar medidas de carácter excepcional, consistentes en la declaración de comarcas de emergencia cinegética temporal, con la finalidad de evitar perjuicios importantes producidos a los cultivos por especies cazables.

HE RESUELTO:

Primero: Declarar la emergencia cinegética temporal en el término municipal de Algar y zonas colindantes de los términos municipales de Jerez y Arcos de la Frontera (Cádiz).

Segundo: La vigencia de esta declaración se extenderá desde la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 30 de septiembre de 1992.

Tercero: Durante dicho período, los titulares de explotaciones agrícolas afectadas, podrán solicitar de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Cádiz las correspondientes autorizaciones que podrán ser expedidas, previa comprobación de los daños, en las siguientes condiciones:

1. Se podrá practicar exclusivamente la modalidad de aguardo, dentro de los límites de la finca afectada, de venados, jabalíes o cerdos asilvestrados.

2. Los aguardos podrán tener lugar entre las veinte horas de cada día y las ocho horas del siguiente, no pudiendo utilizarse en ellos arma larga rayada, debiendo ser comunicados, previamente, a la Comandancia de la Guardia Civil correspondiente y al Ayuntamiento.

3. Se podrá conceder un máximo de tres autorizaciones personales e intrasferibles por finca, en función de su superficie, a nombre del titular de la finca o personas por él designadas, debiendo estar las personas autorizadas en posesión de la documentación preceptiva para el ejercicio de la caza.

4. El período de validez de las autorizaciones caducará en el momento que sea recogida la cosecha afectada.

Cuarto: Por la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Cádiz, se tomarán todas las medidas necesarias para el mejor desarrollo y control de lo dispuesto en esta Resolución.

Quinto: El incumplimiento del condicionado de las autorizaciones producirá, automáticamente, su anulación sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder de acuerdo con lo establecido en el Título VIII del Reglamento de Caza y Título VI de la Ley 4/1989.

Sevilla, 15 de abril de 1992.- El Presidente, Fernando Ciria Parras.

Descargar PDF