Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 30/5/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 8 de mayo de 1992, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se anuncia celebración de curso de formación.

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El Instituto Andaluz de la Mujer tiene como finalidad, de acuerdo con lo establecido en su Ley fundacional (Ley 10/1988, de 29 de diciembre, BOJA núm. 106, de 30 de diciembre), promover las condiciones para que sea real y efectiva la igualdad del hombre y la mujer, formentando la incorporación de ésta en la vida social, superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política, en cumplimiento de los principios reconocidos en la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía. El Plan de Igualdad de Oportunidades de las Mujeres 1990-1992, aprobado según Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía con fecha 30 de enero de 1990, establece como uno de sus objetivos necesarios para compensar los desequilibrios existentes entre hombres y mujeres en el mundo laboral, el desarrollar una adecuada orientación y formación profesional ocupacional de las mujeres en profesiones con futuro. Con la presente convocatoria se pretende desarrollar un Curso de formación que capacite a la mujer para acceder a empleos cualificados en sectores donde tradicionalmente está poco representada y en profesiones relacionadas con las nuevas tecnologías. Este Curso está financiado por la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía y el Fondo Social Europeo y será impartido por un centro especializado en las materias objeto del mismo.

En función de ello,

«RESUELVO¯

1º. Convocar un Curso de Producción Videográfica y de TV, para 22 mujeres demandantes de empleo, a realizar en la provincia de Málaga y con una duración de 930 horas (8 meses).

2º. Solicitudes y plazo de presentación:

Las mujeres interesadas deberán cumplimentar la solicitud según modelo que se facilitará al efecto y que se entregará en los Centros de la mujer de cada provincia o según lo dispuesto en el Art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOJA.

3º. Requisitos básicos de las solicitudes: Las solicitantes deberán estar inscritas como demandantes de empleo en las oficinas del INEM correspondiente. La titulación académica mínima exigida será de la de Graduado Escolar, FP I o equivalente.

4º. Ayudas económicas:

Las solicitantes admitidas en el Curso de Producción Videográfica y de TV, tendrán la consideración de alumnas becarias del Instituto Andaluz de la Mujer, y tendrán derecho a la percepción de las siguientes ayudas económicas:

4.1.: Ayuda de 30.000 ptas mensuales.

4.2.: Ayuda por transporte a las alumnas que tengan que desplazarse diariamente de su localidad de residencia: 900 pts. por día de asistencia a clase.

4.3.: Ayuda por alojamiento a las alumnas que tengan que residir en la localidad de celebración del Curso, distinta de su residencia habitutal: 60.000 ptas. mensuales. Esta ayuda es imcompatible con la establecida en el apartado anterior.

4.4.: A las Alumnas que tengan hijas/os menores de 6 años a cu cargo (con independencia del número), se les abonará una prestación complementaria de 10.000 pts. mensuales. Para poder percibir alguna de estas ayudas, las alumnas habrán de presentar cuanta documentación requiera el organismo convocante, siendo incompatible su cobro con cualquier otra ayuda de carácter que perciba.

5º. Seguro de accidentes:

Durante los 8 meses de celebración del Curso, las alumnas estarán cubiertas por un seguro de accidentes por cuenta del Instituto Andaluz de la Mujer.

6º. Régimen de funcionamiento:

6.1. Las alumnas tendrán la obligación de asistir a las clases, siendo causas de exclusión del Curso:

Tener tres faltas de asistencia no justificadas en el mes. Tener acumuladas faltas por el equivalente al 25% de las horas totales del Curso, cualquiera que sea el motivo.

No seguir el Curso con suficiente aprovechamiento a criterio de las personas responsables del mismo.

7º. Sistema de selección:

La selección de las candidatas constará de tres fases:

Fase I: Valoración de los méritos acreditados en la solicitud, de acuerdo con las puntuaciones recogidas en el Anexo.

Fase II: Valoración de prueba escrita. Las solicitantes realizarán una prueba escrita el día, el lugar y a la hora que se determine por los Centros de la Mujer de cada provincia, que se

expondrá en el tablón de anuncios de los mismos.

Fase III: Entrevista personal. Las aspirantes con mayor puntuación en las fases anteriores serán convocadas a una entrevista personal en Málaga, ciudad de celebración del Curso.

8º. Síntesis del programa del Curso de Producción Videográfica y de TV:

8.1. Teórico-práctico: 630 horas.

La Imagen.

Cámara y Magnetoscopio.

Lenguaje y prácticas de cámara.

Utilización de cámaras en plató.

Cableados y configuración.

Funcionamiento de la mesa de mezclas en plató.

Edición por corte y por mezcla.

Etcelos postproducción.

Grabación sonido.

Realización: realizadora, ayudante, regidora.

Producción. Planes. Presupuestos.

Guión. Documental. Reportaje. Dramático. Noticias.

Funcionamiento grupo autónomo: E.N.G.

Vídeo-clip, vídeo-arte, vídeo-pedagógico.

Etapas del cine.

Historia del vídeo.

Información profesional y técnicas de búsqueda de empleo. Motivación al autoempleo: creación de PYMES

8.2.: Prácticas en empresas del sector: 300 horas.

9. Certificado de Participación y Aprovechamiento.

Se otorgará Certificado de Participación a quienes finalicen el Curso y acrediten un buen conocimiento de las materias objeto del mismo, mediante la realización de las pruebas o la presentación de los trabajos prácticos que se consideren oportunos por las empresas responsables.

Sevilla, 8 de mayo de 1992.- La Directora, Carmen Olemo Checa.

ANEXO

Baremo de la solicitud-currículum. Máximo 10 puntos.

A. Situación laboral.......... Máximo 4 puntos

Por cada mes de antigüedad en paro 0,10 puntos

Incorporación tardía al mercado de trabajo

o reincorporación tras un largo período de paro.

B. Méritos académicos.......... Máximo 2 puntos

Titulación académica superior a la exigida.......... 1 punto Titulación académica superior a la exigida

directamente relacionaa con el curso.......... 2 puntos

C. Otra formación.......... Máximo 1 punto

Cursos, seminarios o jornadas

directamente relacionados con el curso

Menos de 100 horas.......... 0,5 puntos

Más de 100 horas.......... 1 punto

D. Experiencia profesional.......... Máximo 2 puntos

Por cada mes completo de servicios prestados

con vínculo laboral o administrativo en el

sector público y/o privado en ocupaciones

directamente relacionadas con el curso.......... 0,10 puntos

E. Colaboración y actividades.......... Máximo 1 punto

Por cada actividad, colaboración, publicación,

vinculaciones con el curso.......... 0,5 puntos

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