Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 22/8/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 21 de julio de 1992, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se ha acordado tener por incoado expediente para la delimitación de la zona arqueológica de Madinat Al-Zahra, en Córdoba.

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Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico,

Esta Dirección General, ha acordado:

1º. Tener por incoado expediente para la delimitación de la zona arqueológica de Madinat al-Zahra, en Córdoba, declarado como Monumento Histórico Artístico Nacional por R.D. de 12 de julio de 1923, cuya descripción figura en el anexo a la presente disposición.

Con objeto de proteger este yacimiento, de gran interés arqueológico, se ha delimitado la zona afectada por esta incoación, cuyos límites figuran en el anexo a la presente disposición.

2º. Continuar con la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

3º. Hacer saber al Ayuntamiento de Córdoba que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación y demolición en las zonas afecadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse en tales zonas con carácter inaplazable, deberán contar, en todo caso, con la autorización previa de esta Dirección General.

4º. Que el presente acuerdo se publique en el BOJA y en el BOE.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 21 de julio de 1992.- El Director General, José Guirao Cabrera.

ANEXO

DESCRIPCION DEL BIC.-

Madinat al-Zahara es una ciudad islámica, localizada al Oeste de Córdoba en las últimas estribaciones de Sierra Morena, de fundación "ex novo" por el califa Abd al-Rahman III en el año 936, y destruida de forma violenta entre los años 1010 y 1013, durante el transcurso de la denominada 2º fitna.

Las sucesivas excavaciones, que desde 1911 se han realizado, han demostrado la coincidencia absoluta entre la organización topográfica de la ciudad y la descripción que de ella hacen los textos árabes. Esta organización topográfica y funcional reserva el escalón más elevado para el emplazamiento del Alcázar, esto es, la zona administrativa y de gobierno junto con las viviendas de élite del poder califal: la terraza intermedia aparece ocupada por jardines y huertos; y a lo largo del escalón inferior, más bajo, se extiende la mezquita aljamaj y la ciudad propiamente dicha.

Por otra parte, Madinat al-Zahra articula con el territorio una compleja trama de relaciones que se concretan en una red viaria importante para su conexión tanto con Córdoba como con las grandes arterias de Al-Andalus, un sistema hidráulico de captación y distribución de agua y una extensa infraestructura de abastecimiento de materias primas constructivas (piedra), sin olvidar los nuevos asentamientos próximos, sólo explicables desde la atracción urbana que supone la presencia del califa y del aparato administrativo en la nueva ciudad.

DELIMITACION LITERAL.-

El BIC. Zona Arqueológica de Madinat al-Zahra se conforma como una unidad compuesta por varios elementos aislados y discontinuos necesarios para comprender el desarrollo de la ciudad islámica, incluidos en los polígonos 98, 99 (bloque central), 87 y 109 del Plano Catastral.

El bloque central queda delimitado en su parte sur por la margen derecha del canal del Guadalmellato. El lado oriental lo delimita la margen izquierda del arroyo de la Huerta de la Gitana, también llamado arroyo de Vallehermoso, en el plano topográfico de Andalucía, desde su intersección con el canal de Guadalmellato, siguiendo el cauce hacia el Norte, hasta la intersección con las parcelas 13 A y 12 D, dejando en su interior un puente califal de un solo vano. A partir de ahí, la línea de delimitación discurre por el límite exterior de las parcelas 13 A y 13 F hasta conectar con la vereda de ganados (en realidad, calzada califa) que coincide con el límite oriental de la parcela 8 del polígono 99, siguiendo ésta, hasta el límite exterior de la intersección entre las parcelas 14 B y 4 A y siguiendo esta última exteriormente hasta enlazar con el límite izquierdo (interior) de la carretera de acceso a Santa María de Trassierra. Siguiendo esta carretera hacia el oeste hasta enlazar con la CV-248, bajando por la margen occidental de dicho camino hasta el N de la parcela 7 A denominada El Hornillo, por su límite externo, y siguiendo este límite hasta la margen izquierda del arroyo de la Huerta de Mayorga. La continuación de esta línea del arroyo hasta su enclave con el canal del Guadalmellato constituye la delimitación occidental del bloque central del BIC., Zona Arqueológica de Madinat al-Zahra.

Además de este primer bloque, forman parte también del BIC, Madinat al-Zahra los siguientes elementos:

- Canteras de Santa Ana de la Albaida, incluidas en el polígono 87 del plano catastral cuyos límites precisos son: por el E la margen derecha del arroyo Valdegrajas (según el Plano topográfico de Andalucía), llamado también arroyo de Cantarranas (según el Plano Parcelario); siguiendo el arroyo aguas arriba hasta el límite interior de la parcela

13 C y continuando éste hasta el límite exterior de la parcela 15 y de ahí, siguiendo esta línea hasta el límite exterior de la parcela 17. La delimitación sur viene dada por el límite de la parcela 13 C hasta la margen derecha del citado arroyo de Valdegrajas o de Cantarranas.

- Puente de los Nogales, incluido en el polígono 99, del plano catastral cuya delimitación se establece mediante un radio de protección de 50 metros desde el centro de dicho puente.

delimitado por las coordenada UTM: y = 4.195.625; x 338.350. Afectando parte de las parcelas 21 B y 23 A.

Puente del Camino de las Almunias, incluido en el polígono 109 del plano catastral, situado sobre el Arroyo de Cantarranas entre la ZU, 9023 y ZU,

9016, cuya delimitación se establece mediante un radio de protección de

40 m. contados desde el centro de dicho puente, delimitado por las coordenadas UTM. y = 4.191.950; x =340.450.

- Almunia de Alamiriya o al-Rmmaniyya, incluída en el polígono 98 del plano catastral. Queda delimitada en su parte oriental por la margen derecha del arroyo de Alamiriya, según el plano parcelario, que constituye el límite externo de la parcela 21 D; siguiendo esta línea aguas arriba hasta el límite interior de la parcela 21 M; bordeando perimetralmente al lado N y W de dicha parcela, y continuando hacia el Sur por el límite occidental de las parcelas 21 J, 21 K, 21 L, 21 M y 21 N, siguiendo por el límite Sur de la parcela 21 N y continuando en línea recta hasta la margen derecha del arroyo de Alamiriya.

- Alberca del cañito de María Ruiz, incluída en el polígono 109 del Plano Catastral, situada en la ZU., 9016, cuya delimitación se establece mediante un radio de protección de 30 metros contados desde el centro de dicha alberca, delimitado por las coordenadas UTM, y = 4.192.220; x =

340.890.

MOTIVACION DE ESTA DELIMITACION.-

La delimitación del BIC. Madinat al-Zahra incluye varios elementos, algunos de los cuales ya fueron declarados individualmente, unificándose en esta nueva delimitación. Nos referimos a la declaración por RO., de

12 de julio de 1923, como Monumento de carácter Nacional de las Ruinas y Palacio de Medina Al-Zahara, publicado en Gaceta de Madrid de 19 de julio de 1923 y 26 de julio de 1931; la declaración como Monumento Histórico-Artístico del Acueducto de Valdepuentes, publicado en Gaceta de Madrid de 4 de junio de 1931, y la declaración como Monumento Histórico-Artístico de Alamirilla. Los dos primeros se incluyen dentro de lo que se ha denominado bloque central.

Los valores señalados en su días de la zona arqueológica de Madinat al-Zahra, en Córdoba, que le hicieron merecedor de la declaración, se han consolidado y acrecentado con las sucesivas excavaciones que han puesto de manifiesto su relevancia entre los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español, señalándose como la única ciudad estrictamente administrativa y paulatina de la época califal, entre cuyos valores destacamos:

- Ser el exponente de la cultura material de al- Andalus en el momento de máximo esplendor y como consecuencia, un laboratorio excepcional de la investigación arqueológica islámica andalusí.

- La existencia de un urbanismo complejo y desarrollado que quiere ser reflejo de la propia organización del Estado.

- Un emplazamiento topográfico excepcional con unos valores naturales, paisajísticos y ambientales que no constituyen propiamente y marco a la estructura, sino que adquieren un papel de coprotagonismo junto con ella.

- En la ciudad se desarrollan elementos y técnicas que marcarán el rumbo de la arquitectura y el arte hispanomulsumán posterior.

Por otra parte el avance en el conocimiento de la ciudad ha experimentado en los últimos años mediante la investigación multidisciplinar, así como las técnicas de prospección arqueológica y la fotografía aérea, nos lleva a establecer una nueva delimitación de lo que es el BIC. Madinat al-Zahra, que garantice la salvaguardia física y visual y paisajística del bien en sentido amplio y de los elementos exteriores que lo integran.

DELIMITACION GRAFICA [VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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