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De conformidad con lo establecido en el art. 145 de la Ley
4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el punto 1º del Acuerdo de
10 de enero de 1989, del Conejo de Gobierno, por el que se autoriza a todas las Consejerías y Organismos Autónomos de la Junta de Andalucía a la percepción de precios públicos por la venta de ediciones que publiquen, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,
DISPONGO:
Artículo único: El precio público por la venta de las publicaciones relacionadas queda fijado en la cuantía que se indica:
IX Jornadas Andaluzas de Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales 3.000 ptas.
La Resolución Extrajudicial de los Conflictos Colectivos 3.000 ptas.
DISPOSICION FINAL:
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de octubre de 1993
FRANCISCO OLIVA GARCIA
Consejero de Trabajo
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