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Reunida la Comisión Provincial de Urbanismo de Almería en sesión celebrada el día 28 de julio de 1993.
Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes bajo el número 2550 del que se dio cuenta a la Ponencia Técnica en su reunión de trabajo de 23 de julio de 1993, sobre Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Níjar, promovido por el Ayuntamiento de dicho término municipal.
La modificación consiste en la recalificación de una zona de suelo no urbanizable de especial protección SNU-1.1 a suelo no urbanizable sistemas generales SNU-6 al objeto de hacer viable la instalación de un camping en las proximidades de la playa del Cuervo cercana a Las Negras. La superficie afectada es de cuatro hectáreas.
La propuesta se considera justificada y ha sido informada favorablemente por la Agencia de Medio Ambiente. Vistos los artículos 73, 75, 77, 78, 80 y 114 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (R.D. Legislativo 1/1992) y demás disposiciones complementarias y concordantes sobre Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal. Vista la normativa del Texto Refundido de la Ley del Suelo en relación con el Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, en el que se regulan las competencias en materia urbanística de las Comisiones Provinciales de Urbanismo de la Junta de Andalucía. La Comisión Provincial de Urbanismo
ACUERDA:
Aprobar definitivamente la presente Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Níjar.
Dado que el acuerdo de pleno del Ayuntamiento redujo a cuatro hectáreas la superficie afectada, dicha zona deberá reflejarse en el correspondiente plano de ordenación. Publíquese la presente Resolución en el BOJA. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a esta Comisión Provincial de Urbanismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Almería, 28 de julio de 1993.- El Secretario, Andrés Marín Durbán, Vº Bº El Vicepresidente, Vicente E. Abad Montoya.
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