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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
21 de diciembre de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 255/91, promovido por Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O:
Estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador Don Francisco Taboada Camacho en la representación acreditada de Cía. Sevillana de Electricidad, S.A., contra la Resolución de la Dirección de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, de 23 de noviembre de 1990 que desestimó el recurso de alzada y confirmó otra de la Delegación Provincial de Trabajo y Seguridad Social, de 30 de julio de 1990, que sancionó a la recurrente con multa de quinientas mil pesetas por una infracción muy grave de orden social, apreciada en grado máximo, debemos anular y anulamos el mencionado acto por no estar ajustado al Ordenamiento Jurídico; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 11 de noviembre de 1993, El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.