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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
26 de julio de 1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
1187/91, promovido por Rotonsa, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O:
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por Rotonsa, S.A. Inmobiliaria representada por el Procurador Don Rafael García Valdecasas y García Valdecasas contra Acuerdos de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de 4 de junio de 1991 y de la Delegación Provincial de Jaén de 3 de diciembre anterior, que apreciaron infracción en materia de seguridad e higiene en el trabajo con imposición de sanción de cien mil pesetas, declarando que dichos actos se ajustan a Derecho y por ello se confirman. Sin costas.
Sevilla, 11 de noviembre de 1993, El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.