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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
27 de julio 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
1290/90, promovido por Hijos de Andrés Molina, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O :
Se desestima el recurso interpuesto por Hijos de Andrés Molina, S.L. contra las resoluciones sancionadoras de la Delegación Provincial en Jaén de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía dictada en expediente RS 261/89, Acta
574/89 y de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social del ente autonómico de 16 de julio de 1989, que confirmó parcialmente la anterior. Cuyas resoluciones, en su definitiva formulación, se declaran ajustadas a Derecho. Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
Sevilla, 26 de enero de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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