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La Ley 10/1988, de 29 de diciembre crea el Instituto Andaluz de la Mujer. El Decreto 1/1989, de 10 de enero, por el que se aprueba su reglamento establece en el artículo 4 la obligación de dicho organismo de llevar a cabo estudios sobre la situación de la mujer andaluza en distintos aspectos en orden al cumplimiento de sus fines.
Por ello se hace necesario regular la concesión de estas becas dirigidas a la realización de los objetivos citados de acuerdo con los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión.
En virtud de lo expuesto, y dentro de los límites presupuestarios, este Instituto ha acordado convocar seis becas destinadas a la realización de trabajos de investigación sobre temas relacionados con la mujer en Andalucía, con arreglo a las normas que se contienen en el anexo a esta resolución.
ANEXO
1.- Objeto.
El Instituto Andaluz de la Mujer convoca seis becas destinadas a la realización de trabajos de investigación sobre temas relacionados con la mujer en Andalucía, financiadas con cargo al Presupuesto de Gastos.
2.- Cuantía.
La dotación económica de cada una de las becas no podrá exceder de un millón de pesetas. Dicha dotación económica estará sujeta a la retención del 15% en concepto de IRPF.
3.- Contenido de los proyectos.
Los proyectos de investigación que se presenten a esta convocatoria deberán referirse prioritariamente a los temas que a continuación se señalan, los cuales se enmarcan dentro de las siguientes áreas:
AREA JURIDICA
- El concepto de acoso sexual en el trabajo. Tratamiento jurídico penal, laboral y jurisprudencial. Derecho comparado y análisis crítico.
- El derecho a la igualdad. Su regulación en el ordenamiento jurídico español y en Derecho Comparado.
AREA DE EDUCACION Y CULTURA
- Investigación sobre actitudes y expectativas del alumnado y elección de ramas profesionales.
- Estudios sobre prácticas deportivas de la mujer andaluza.
AREA DE SALUD
- Violencia contra la mujer en el ámbito doméstico: aspectos psicológicos y físicos.
- Incidencia del aborto en Andalucía.
- Envejecimiento femenino. Aspectos psicológicos y físicos.
AREA DE ATENCION SOCIAL
- Situación social de la mujer inmigrante en Andalucía.
- La feminización de la pobreza: análisis actual y perspectivas futuras.
AREA DE FORMACION, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES
- Investigación relativa al autoempleo de las mujeres en Andalucía: sectores donde la mujer está incorporada; condiciones socio-laborales; actitudes de la mujer frente al autoempleo.
- Investigación relativa a las mujeres empleadas en profesiones no tradicionales en Andalucía.
- La actividad laboral femenina y su repercusión en las responsabilidades familiares.
- La Inspección de Trabajo en el control de la discriminación por motivo de sexo.
- La discriminación de la mujer en la empresa: acceso, contratación, categoría profesional, promoción y salario.
AREA DE PARTICIPACION
- Estudio sobre la participación de la mujer en el movimiento asociativo femenino en Andalucía, incluyendo los factores que determinan la participación.
- Estudio sobre asociacionismo de mujeres en Andalucía: actitudes, motivaciones, objetivos y expectativas.
- Estudios sobre organización dentro del asociacionismo femenino en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
4.- Requisitos.
Se requiere titulación superior. No podrán ser objeto de las mismas los proyectos que hayan obtenido ayudas o subvenciones de cualquier organismo.
5.- Documentación.
Las personas solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:
a) Instancia dirigida a la Ilma. Directora del Instituto Andaluz de la Mujer.
b) Fotocopia compulsada del documentos nacional de identidad y del número de identificación fiscal.
c) Copia compulsada de título académico.
d) Curriculum Vitae acreditando documentalmente los méritos alegados.
e) Copia compulsada de certificación académica personal.
f) Memoria descriptiva de la investigación o estudio a realizar en la que se detallen los objetivos, metodología, cronograma, justificación presupuestaria, y otros datos para la mejor comprensión de la propuesta presentada.
g) Declaración jurada de no haber contado con fondos públicos para los proyectos presentados.
h) Declaración jurada de no incurrir en caso de incompatibilidad prevista en la vigente legislación.
6.- Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la presente resolución en el BOJA.
Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Instituto Andaluz de la Mujer o a través de cualquiera de las vías previstas en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Si las solicitudes adolecieran de algún defecto formal se estará a lo dispuesto en el artículo 71 del mismo texto legal.
7.- Comisión de Selección y Valoración.
La Ilma. Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, nombrará una Comisión de Selección y Valoración que informará los proyectos presentados.
8.- Adjudicación.
La Comisión de Selección y Valoración elevará a la Directora del Instituto propuesta de resolución de concesión de las becas convocadas. En vista de ello, la Directora resolverá, dicha resolución será publicada en BOJA y notificada a los/las beneficiarios/as.
9.- Pagos.
El importe de cada beca concedida se fraccionará en dos pagos. El primero, en el momento de la concesión, por importe del 50% del total de la beca. El segundo 50% restante, una vez entregada la totalidad del trabajo.
10.- Plazo de entrega y presentación de los trabajos.
El plazo máximo de presentación de los trabajos será de nueve meses, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Los/las adjudicatarios/as deberán entregar original y copia del trabajo realizado en formato DIN A-4, mecanografiado por una sola cara y debidamente encuadernado. Deberán presentar asimismo un resumen del trabajo en un máximo de 5 folios.
El Instituto Andaluz de la Mujer podrá recabar, a través de sus servicios técnicos, información sobre el desarrollo y resultados parciales de cada proyecto, así como de su adecuación a la Memoria presentada.
11.- Propiedad de los trabajos.
Los trabajos seleccionados serán propiedad del Instituto Andaluz de la Mujer, reservándose éste la facultad de publicarlos. En caso de que no se hiciera uso de esta facultad en un plazo superior a un año desde su entrega, su autor/a podrá, con autorización expresa del Instituto, publicarlo, debiendo hacer mención de forma expresa que dicho trabajo ha sido financiado con fondos del Instituto Andaluz de la Mujer.
Las memorias de los proyectos de investigación no seleccionados podrán ser retirados en un plazo no superior a tres meses, contados a partir de aquél en que se haya emitido el fallo.
Sevilla, 24 de febrero de 1992.- La Directora, Carmen
Olmedo Checa.
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