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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
12 de febrero de 1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 2492/91, promovido por Hilaturas y Tejidos Andaluces, S.A., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que debemos estimar parcialmente el presente recurso contencioso administrativo, interpuesto por el Procurador Sr. Pérez Perera, en nombre y representación de Hilaturas y Tejidos Andaluces, S.A. contra resolución de 2 de abril de 1991, del Director General de Trabajo y Seguridad Social, de la Junta de Andalucía, desestimatoria de recurso de alzada interpuesto contra otra, de 11 de octubre de 1990, del Delegado Provincial de Trabajo en Sevilla, por la que se acordaba la imposición a la recurrente de una sanción de 250.000 ptas. que mantenemos en cuanto a la tipificación efectuada y que anulamos en lo relativo a la graduación de la sanción que debe quedar fijada en cien mil pesetas. Sin costas.
Sevilla, 26 de marzo 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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