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Vista la solicitud presentada en esta Delegación por la entidad sin ánimo de lucro denominada Centro de Estudios e Investigaciones «El Alcaucil¯ de Paterna de Rivera, al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89, de 31 de mayo, por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a las Empresas y entidades sin ánimo de lucro cuya actividad esté relacionada directamente con las competencias asignadas a la Consejería de Gobernación. Resultando que los motivos expuestos en dicha solicitud se adecuan a los objetivos establecidos en el referido Decreto
117/89, y contando con dotación presupuestaria. Considerando que, por virtud de lo establecido en la Orden de 11 de marzo de 1992, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones que se establecen en el Decreto 117/89, y teniendo en cuenta el artículo
18.5 de la Ley 3/91, de 28 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios del correspondiente acuerdo de subvención. Y en uso de las facultades que el artículo único de la citada Orden de 11 de marzo de 1992 me atribuye,
HE RESUELTO
1º. Conceder al Centro de Estudios e Investigaciones «El Alcaucil¯ de Paterna de Rivera, una subvención por importe de
100.000 pts. para la «Edición de la Revista El Alcaucil¯.
2º. Notificar su otorgamiento a la citada entidad.
3º. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.
4º. Requerir a la entidad beneficiaria la justificación del gasto realizado en el plazo de 1 mes, mediante la aportación de las correspondientes certificaciones relativas al asiento en contabilidad y el de la realización del servicio al cual van destinadas las subvenciones (artículos 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).
Cádiz, 23 de febrero de 1993.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.
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