Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 29/7/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

ORDEN de 15 de julio de 1993, sobre delegación de competencias en el Director General de la Juventud.

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Siendo necesario arbitrar las medidas oportunas para el normal funcionamiento de los servicios durante la ausencia de la Titular de la Consejería de Asuntos Sociales, resulta oportuno delegar en el Director General de la Juventud la competencia sobre los asuntos ordinarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el apartado 4.2 del artículo 1º del Decreto 287/1990, de 11 de septiembre, de estructura orgánica de la Consejería de Asuntos Sociales y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente.

Primero. Se delega en el Director General de la Juventud la resolución de todos los asuntos competencia de la Consejera de Asuntos Sociales, con excepción de las no delegables, durante los días 1 a 31 de agosto de

1993, ambos inclusive.

Segundo. La presente disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de julio de 1993

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Asuntos Sociales

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