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Esta Dirección General de Agricultura y Ganadería dictó las normas para el Registro de Establecimientos y Servicios Plaguicidas, mediante Resolución de 21 de diciembre de 1993. Considerando necesario complementar las mismas, esta Dirección General, en uso de sus atribuciones, tiene a bien disponer:
Art. 1º Con el fin de facilitar la cumplimentación del modelo de solicitud de inscripción que figura en el Anejo núm. 1 de la Resolución de esta Dirección General de Agricultura y Ganadería por la que se dictan normas para el Registro de Establecimientos y Servicios Plaguicidas se establecen las instrucciones necesarias para ello, que aparecen en el Anejo de la presente Resolución.
Art. 2º A efectos de mejorar la eficacia de las inspecciones oficiales de estos Establecimientos, las Delegaciones Provinciales de Agricultura y Pesca darán cuenta a las de Salud, además de los datos contemplados en el art. 3.4 de la Resolución de referencia, de acuerdo con el art. 2.4 de la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno de
24 de febrero de 1993 por la que se normalizan la inscripción y funcionamiento del Registro de Establecimientos y Servicios Plaguicidas, los datos referentes a los locales, bajo la misma titularidad, inscritos en el Registro en las diferentes oficinas provinciales, contenidos en la letra h) del art. 2.4 de la citada Orden Ministerial.
Art. 3º Las Delegaciones de Agricultura y Pesca remitirán a las de Salud, en el plazo de 10 días hábiles siguientes a su entrada, las solicitudes de las empresas cuyas ramas de actividad correspondan a plaguicidas para uso en la industria alimentaria y a plaguicidas de uso ambiental junto con la documentación correspondiente con el fin de que estas últimas Delegaciones emitan informe de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 de la Ley
30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.
Art. 4º Esta Dirección General remitirá a la Dirección General de Salud Pública y Consumo el resumen del movimiento anual del Registro a partir de la información contemplada en el art. 3.5 de la citada Resolución.
Sevilla, 4 de marzo de 1994.-El Director General, Manuel Jiménez Benítez.
INSTRUCCIONES PARA LA SOLICITUD
DE INSCRIPCION
La solicitud se presentará por duplicado ejemplar en la Delegación de la Provincia en que radiquen los Establecimientos o la razón social en el caso de Servicios Plaguicidas.
Uno de los ejemplares de la solicitud quedará en poder del interesado como justificante de su presentación.
Los datos se rellenarán con bolígrafo o a máquina con caracteres de imprenta y se pondrá una X en las casillas destinadas a ese fin. Cuando corresponda se consignará el código, de acuerdo con la siguiente relación:
1. Equipos para aplicación de líquidos
1.1. Equipos
Número. Se indicará el número de equipos de cada tipo
Tipos Transporte
Pulverizador
De chorro proyectado 11 Manual 1 Nebulizador 12 De mochila 2 Atomizador 13 De carretilla 3 Centrífugo 14 De parihuela 4 Electrodinámico 15 Suspendido (tractor) 5 Ultra bajo volumen 16 Arrastrado (tractor) 6 Inyectores 20 Montado sobre Aplicación de contacto 30 vehículo 7
Otros 40 Autopropulsado 8
Otros 9
1.2. Depósitos
Materias Capacidad Agitación
Fibra vidrio y .0 -50 lt. 1 Mecánico 1 resinas 1 .50 -100 lt. 2 Hidráulico 2 Plásticos 2 .200-600 lt. 3 Hidro
Metálico 3 .600-1500 lt. 4 mecánico 3 Otros 4 .1500 lt. 5 Otros 4
1.3. Bombas
Tipo Caudal Presión
De pistones 1 .0 -5 lt/mn 1 .0-10 kg/cm2 1 De membrana 2 .5 -10 lt/mn 2 .10-20 kg/cm2 2 De engranaje 3 .10 lt/mn 3 .20-50 kg/cm2 3 Otros 4 .50 kg/cm2 4
1.4. Barras
Regulación en altura
Mecánica 1
Hidráulica 2
Otros 3
1.5. Ventilador
Tipo
Axial 1
Helicoidal 2
Centrífugo 3
2. Equipos para aplicación de sólidos
2.1. Equipos
Número. Se indicará el número de equipos de cada tipo
Tipo
Espolvoreadores 1
Aplicadores de gránulos 2
Aplicadores de microgránulos 3
Aplicadores de cebos 4
Transporte y Depósitos. Se utilizarán los mismos códigos empleados en los equipos para aplicación de líquidos.
3. Otros equipos debe aplicación
3.1. Equipos
Tipo
Aplicación de aerosoles 1
Aplicación de gases 2
Otros 3
Acompañando a la solicitud deberá entregarse fotocopia de la Licencia Municipal en el caso de Establecimientos acreditando que cumple los requisitos exigidos en el art. 6º de la R.T.S.
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