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En cumplimiento de lo requerido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, Sección 1ª, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y, en razón a los recursos contencioso-administrativos números 908/94, 909/94 y 911/94, interpuestos por Fuengirola Palmeras, S.A., Hoteles Pyr, S.A. y la Asociación de Empresarios Hoteleros de la Costa del Sol -AEHCOS- y la Asociación Patronal de Apartamentos Turísticos de la provincia de Málaga -APARTUR-, contra la Orden de 3 de febrero de 1994, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Fuengirola (Málaga), publicada en el B.O.J.A. núm. 19, de 17 de febrero de 1994, respectivamente, en virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de
1994, del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda,
RESUELVO
1?Anunciar la interposición de los recursos contencioso-administrativos números 908/94, 909/94 y 911/94, formulados por Fuengirola Palmeras, S.A., Hoteles Pyr, S.A. y Asociación de Empresarios Hoteleros de la Costa del Sol
-AEHCOS- y Asociación Patronal de Apartamentos Turísticos de la provincia de Málaga -APARTUR-.
2?Emplazar al Ilmo. Ayuntamiento de Fuengirola para que pueda comparecer y personarse, si a su derecho conviniese, ante la referida Sala, en forma legal, en el plazo de nueve días, contados a partir del siguiente al del emplazamiento.
3?Emplazar, asimismo, a terceros interesados, para que puedan comparecer y personarse, si a su derecho les conviniese, ante la referida Sala, en forma legal, en el plazo de nueve días siguientes al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
4?Disponer lo pertinente, mediante las actuaciones precisas, para la remisión del expediente administrativo a la referida Sala.
5?Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 11 de julio de 1994.-El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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