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Mediante Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de 5 de Febrero de 1988 y Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca, de 5 de Febrero de 1988; se aprobó el Plan Coordinado de Obras de la Subzona Oeste de la Zona Regable del Chanza, incluyéndose, entre otras "la red de líneas eléctricas de 20 KV. Subestación de Lepe", lo que implica conforme preceptúa el artículo 113.1 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario y artículo 42 de la Ley 8/84, de 3 de Julio, de Reforma Agraria, la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupar los bienes y derechos cuya expropiación fuese necesaria a tal fin, todo ello en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, y estableciéndose las actuaciones a realizar con las personas a que se refieren los artículos 3º y 4º de la citada Ley.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Sevilla, 10 de junio de 1994.- El Presidente, Fernando Ciria Parras.
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