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En el expediente instruido por el Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba) se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22.2.l;
47.3.k, 79, 80 y 81 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 76 y 79 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de
18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; artículos 7, 8, 109, 115, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Correspondiendo a la Delegada de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad en los expedientes de enajenación de bienes mediante pública subasta, cuya cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación (artículo 3º 9 del Decreto 29/1986 de 19 de febrero). En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:
1º Prestar conformidad a la enajenación, mediante pública subasta, de parcela de 1.580 metros cuadrados, propiedad del Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba) cuyos linderos son: Al Norte, con terrenos dedicados a zonas verdes junto a la carretera de Fuente Palmera; al Sur, con parcela de uso industrial propiedad de S.A.T. Alconchel; al Este, con calle que atraviesa longitudinalmente el polígono y al Oeste, con suelo no urbanizable.
2º Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba).
3º Ordenar su publicación en el B.O.J.A.
Córdoba, 5 de septiembre de 1994.-La Delegada, Presentación Fernández Morales.
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