Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 189 de 25/11/1994

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ALBOLOTE (GRANADA)

EDICTO.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 1994, acordó aprobar las Bases que han de regir la convocatoria para la provisión por el procedimiento de concurso-oposición, de dos plazas vacantes de Administrativo, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo de Clasificación C, por el procedimiento de concurso-oposición, una en turno libre, y otra en turno de promoción interna, incluidas en la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para

1994 publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 260 de fecha 31 de octubre de 1994.

El Alcalde en Resolución de fecha 3 de noviembre de 1994, ha dispuesto la convocatoria de las citadas pruebas selectivas, que se regirán por las Bases que se publican a continuación, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 896/91.

Albolote, 3 de noviembre de 1994.-El Alcalde, Francisco Ocete Ramírez.

BASES DE LA CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA PROVEER DOS PLAZAS DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACION GENERAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE ESTE AYUNTAMIENTO QUE FIGURAN INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA 1994

1º Objeto de la convocatoria.

Pruebas selectivas para la provisión de dos plazas de Administrativo de esta Corporación, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo de Clasificación C, por el procedimiento de concurso-oposición, una en turno libre, y otra en turno de promoción interna, incluidas en la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para

1994.

2º Requisitos de los candidatos.

2.1.Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, el/la aspirante deberá reunir los siguientes requisitos:

A)Turno Libre:

a)Ser español.

b)Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

c)No haber estado separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d)No padecer enfermedad, ni estar afectado de alguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desarrollo de las funciones correspondientes.

e)Tener cumplidos los 18 años.

f)No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica previstas en la legislación vigente.

B)Turno Promoción Interna:

Además de las exigidas para el Turno Libre, el/la aspirante deberá ser funcionario de carrera, con una antigüedad de al menos dos años en un cuerpo o escala de un grupo de titulación D, según grupos de clasificación del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

2.2.Todos los requisitos exigidos se habrán de poseer en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y no se habrán de perder ninguno de ellos durante el proceso selectivo.

3º Presentación de solicitudes.

3.1.Los que deseen tomar parte en las pruebas selectivas, habrán de solicitarlo mediante instancia dirigida al Alcalde del Ayuntamiento en el modelo oficial, juntamente con la fotocopia del DNI.

3.2.Las instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.3.Los aspirantes harán constar en la instancia los méritos que aleguen con objeto de ser valorados en la fase de concurso juntamente con su «curriculum«, y adjuntarán la documentación acreditativa mediante documentos originales o fotocopias compulsadas. Los méritos alegados e insuficientemente justificados no serán valorados.

Los méritos o servicios a tener en cuenta, estarán referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias. Los servicios correspondientes a los días transcurridos desde la fecha de certificación aportada por el aspirante hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, se acreditarán de oficio por el Departamento de Personal.

3.4.El plazo para la presentación de las instancias es de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, cuyas Bases y convocatoria, habrán sido previamente publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia.

3.5.Los aspirantes abonarán en el momento de presentar la instancia, en concepto de derechos de examen, la cantidad de 1.500 ptas. La citada cantidad sólo se devolverá en caso de que no sean admitidos en las pruebas selectivas por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en las mismas. El pago se efecturá en la tesorería del Ayuntamiento o entidad colaboradora, o bien mediante giro postal o telegráfico, haciendo constar en este caso en la instancia, la fecha y el número del envío.

3.6.Si alguna instancia presentase cualquier defecto subsanable se requerirá al interesado para que en un plazo máximo de 10 días lo subsane o presente los documentos preceptivos, con la advertencia que si no lo hiciese se archivará la solicitud, sin más trámites y será excluido de la lista de aspirantes.

4º Admisión de aspirantes.

4.1.Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Corporación dictará resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la cual, además de la relación de admitidos y excluidos, se anunciará el lugar, el día y la hora para la realización del inicio de las pruebas selectivas, así como el orden de actuación de los aspirantes. La lista se expondrá en el Tablón de Edictos de la Corporación y contendrá la advertencia a los interesados que disponen de un plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación de la citada resolución para la subsanación de los defectos observados, en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley

30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2.Juntamente con la Resolución aprobando la lista de admitidos y excluidos se anunciará la composición del Tribunal calificador.

5ºTribunal calificador.

5.1.El Tribunal calificador, que tendrá la categoría 3ª de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/88, de 4 de marzo, estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de ésta en que delegue. Secretario: El Secretario o funcionario en que delegue. Vocales:

a)Un representante de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

b)Un funcionario de carrera a designar por el Presidente de la Corporación.

c)Un funcionario, técnico o experto, a designar por el Presidente de la Corporación.

d)El concejal de Personal.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

5.2.A las sesiones del Tribunal asistirá un miembro de la Junta de Personal, con voz exclusivamente.

5.3.La abstención y recusación de los miembros del Tribunal se ha de ajustar a lo previsto en los artículos 28 y 29, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

5.4.El Tribunal no se podrá constituir ni podrá actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad de sus miembros, ya sean titulares o suplentes, y las decisiones se habrán de adoptar por mayoría.

5.5.El Tribunal podrá acordar la incorporación de los especialistas que le asesorarán si lo considera conveniente, pero éstos habrán de limitar su participación al asesoramiento técnico y científico, y no podrán participar en la calificación de las pruebas.

6ºInicio y realización del procedimiento selectivo.

Con una antelación de al menos 15 días naturales se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aspirantes admitidos y excluidos, la composición del Tribunal y el lugar, día y hora del comienzo del primer ejercicio.

7ºEjercicios de las pruebas selectivas.

El procedimiento de selección constará de dos fases:

A)Fase de Concurso.

El concurso consistirá en la calificación de los méritos alegados por los aspirantes para determinar su aptitud y prelación de los mismos en la selección, con arreglo al siguiente baremo, teniendo en cuenta que la puntuación total no podrá exceder de 10 puntos:

a)Servicios efectivos prestados en la Administración Local, a razón de 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de 5 puntos.

b)Por titulaciones académicas superiores al exigido para la plaza convocada, hasta 2 puntos.

c)Por curso de formación, seminarios, congresos y jornadas, que tengan relación con el puesto a proveer y siempre que tengan una duración mínima de

15 horas, hasta un máximo de 3 puntos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

B)Fase de Oposición.

Los ejercicios de la oposición serán los siguientes, todos ellos obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: De carácter obligatorio para todos los aspirantes, que consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de tres horas, dos temas del temario Anexo a la convocatoria, determinados por el Tribunal inmediatamente antes de iniciarse el ejercicio, aunque no se sujeten a ninguno de sus epígrafes concretos. Posteriormente, se procederá a la lectura de los ejercicios por los opositores, que será pública y tendrá lugar en los días y horas que oportunamente señale el Tribunal. Segundo ejercicio: De carácter obligatorio para todos los aspirantes que hayan superado el ejercicio anterior, consistirá en resolver el supuesto o supuestos prácticos planteados por el Tribunal en relación con las materias incluidas en el Anexo de la convocatoria. La duración de este ejercicio será determinada por el Tribunal en el momento del comienzo del mismo. Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales que estimen convenientes.

Los dos ejercicios serán obligatorios y eliminatorios, y serán calificados hasta un máximo de diez puntos cada uno de ellos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada ejercicio.

8ºRelación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento la relación de los aspirantes aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, y elevará dicha relación al Presidente de la Corporación para que se efectúe el correspondiente nombramiento.

El aspirante propuesto presentará en el Departamento de Personal del Ayuntamiento, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación de la lista de exposición de aprobados, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la Base Segunda de la convocatoria, que serán acreditados mediante las certificaciones y declaraciones correspondientes.

Si dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, el aspirante aprobado no presentara la documentación, no podrá ser nombrado, quedando nulas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad.

Finalizado el período de aportación de documentos, el órgano municipal competente efectuará el nombramiento correspondiente, el cual se publicará en el «Boletín Oficial del Estado«.

9ºToma de posesión o formalización del contrato.

El interesado deberá tomar posesión del puesto de trabajo dentro de los 30 días siguientes al del nombramiento. Si no lo hiciere, sin causa justificada, dentro del plazo señalado, se entenderá que renuncia a la plaza.

10ºImpugnaciones.

La presente convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, formas y plazos establecidos en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

11ºInterpretación de las Bases e incidencias.

Se atribuye a la Alcaldía la facultad de interpretar estas Bases y de resolver las incidencias y recursos, hasta el acto de Constitución del Tribunal en que se atribuirá a éste la facultad de interpretación y resolución de incidencias hasta la terminación de las pruebas.

Albolote, 27 de septiembre de 1994.-El Alcalde.

ANEXO

PROGRAMA DE LAS PLAZAS DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACION GENERAL

Tema1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Estructura.

Tema2. La organización territorial del Estado Español. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema3. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema4. El poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder judicial.

Tema5. Participación de España en Organizaciones Internacionales: Especial referencia a la ONU, el Consejo de Europa, y las Comunidades Europeas.

Tema6. La Administración Pública dentro del ordenamiento español. La personalidad jurídica de la Administración pública. Clases de Administraciones públicas.

Tema7. Principios de actuación de la Administración pública. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

Tema8. Sumisión de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del derecho público. La Ley: Clases de leyes.

Tema9. El Reglamento: Sus clases. Otras fuentes de derecho administrativo.

Tema10.El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. El principio de audiencia del interesado.

Tema11.El acto administrativo. Concepto. Elementos y clases.

Tema12. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo: Días y horas hábiles; cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos. Especial referencia en el ámbito local.

Tema13. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. El deber de la Administración de contestar.

Tema14. La teoría de la invalidez de los actos administrativos. Actos nulos y anulables. Convalidación. Revisión de oficio.

Tema15. Los recursos en el ámbito del Derecho Administrativo. Clases. El recurso ordinario. Recurso de revisión. Reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. Recurso contencioso-administrativo.

Tema16. Régimen local español: Principios constitucionales.

Tema17. El municipio. Organización municipal. Competencias.

Tema18. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema19. Relaciones de las entidades locales con las restantes Administraciones Públicas. La autonomía municipal y el control de legalidad.

Tema20. Personal al servicio de las entidades locales. La función pública local, organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral. Régimen disciplinario. Estructura retributiva. Derechos y obligaciones. La Seguridad Social del personal.

Tema21. Los contratos de la administración local. Clases. Criterios de distinción. La doctrina de los actos separables. Organos competentes para la contratación local. Contenido y efectos de los actos administrativos.

Tema22. Las formas de actividad de las entidades locales. La intervención administrativa en la actividad privada. Procedimiento de otorgamiento de licencias.

Tema23. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

Tema24. Los bienes de las entidades locales. Régimen de utilización de dominio público.

Tema25. El Presupuesto local. Principios presupuestarios. Contenido. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación del Presupuesto. Las Bases de Ejecución del Presupuesto. Modificaciones presupuestarias.

Tema26. La responsabilidad de la Administración pública. Evolución histórica y régimen actual.

Tema27. Ejecución del Presupuesto de gastos e ingresos. Fases del procedimiento de gasto e ingresos. Su repercusión contable. Documentos contables.

Tema28.La financiación de las entidades locales. Impuestos, tasas y contribuciones especiales. Los precios públicos. Otros ingresos de derecho público. Especial referencia a las subvenciones y participaciones. El crédito local.

Tema29. La gestión recaudatoria de las entidades locales. El Reglamento General de Recaudación. Procedimiento de recaudación. Títulos pra la ejecución. Embargo de bienes, créditos incobrables. Extinción de las deudas: Pago, compensación y prescripción. Aplazamientos y fraccionamientos de pago.

Tema30. Los recursos administrativos en el ámbito local. El recurso de reposición en la Administración Local. Especial referencia al régimen de recursos en el ámbito tributario.

Tema31. La Ley de Procedimiento Administrativo. Principios informadores y ámbito de aplicación.

Tema32. El Procedimiento Administrativo (I): Sujetos, la Administración y los interesados. Lugar, circunscripción, localidad, sede, dependencias. El Registro.

Tema33. El Procedimiento Administrativo (II): Dimensión temporal del procedimiento: Días y horas hábiles. Cómputo de plazos. Forma de procedimiento.

Tema34. El Procedimiento Administrativo (III): Iniciación. Desarrollo: A) Ordenación: Actos de trámite, comunicaciones, notificaciones, citaciones, emplazamiento, requerimientos, certificaciones, reclamaciones en queja.

Tema35. El Procedimiento Administrativo (IV): B) Instrucción: Informes, pruebas, alegaciones, audiencia. C) Terminación: Normal y anormal, desistimiento, renuncia y caducidad. Peculiaridades del Procedimiento Administrativo Local.

Tema36. Requisitos de la presentación de documentos. El Registro de Entrada y Salida.

Tema37. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema38. La Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Principios inspiradores. Contenido.

Tema39. Los procedimientos tributarios. Las liquidaciones. Las autoliquidaciones. Las reclamaciones tributarias.

Tema40. El Plan General de Contabilidad Pública. La instrucción de Contabilidad para la Administración Local. Libros de Contabilidad. La responsabilidad contable. Fiscalización interna y externa: La función Interventora y el Tribunal de Cuentas.

Descargar PDF