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En cumplimiento de lo establecido en la Orden de 10 de marzo de 1994 (BOJA núm. 33 de 17 de marzo), por la que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a Asociaciones de Ayuda Mutua y Autocuidado, en uso de las facultades que me han sido delegadas por la Orden de 12 de enero de 1994 y de conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Ley 9/1993, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994,
RESUELVO
Primero. 1. Convocar ayudas a las Asociaciones de Ayuda Mutua y Autocuidado, para el ejercicio económico de 1994.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOJA y se ajustarán al modelo que figura como anexo a la misma.
Dichas solicitudes deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Director General de Coordinación, Docencia e Investigación, Avda. de la Innovación, Edificio «Arena 1¯, Sevilla Este y podrán presentarse en los Registros y Oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Segundo. El procedimiento para la concesión de las Ayudas objeto de la presente convocatoria, deberá adecuarse a lo establecido en la Orden de 10 de marzo de 1994.
Sevilla, 7 de abril de 1994.- El Director General, Eulogio Rodríguez Becerra.
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