Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ASOCIACION DE TAXI DE MAIRENA DEL ALJARAFE (SEVILLA)
Concepto Tarifas autorizadas IVA incluido
TARIFA 1
Carrera mínima300 ptas.
Bajada bandera110 ptas.
Por kilómetro recorrido73 ptas.
Hora de espera o parada1.635 ptas.
TARIFA 2
Carrera mínima377 ptas.
Bajada bandera137 ptas.
Por kilómetro recorrido92 ptas.
Hora de espera o parada2.044 ptas.
La TARIFA 2 se aplicará en los supuestos siguientes:
a) Servicios realizados en días festivos de 0,00 a 24,00 horas.
b) Servicios realizados en días laborable/nocturnos de 22,00 a 6,00 horas.
c) Servicios realizados durante los días de Semana Santa.
d) Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre desde las 0,00 a las
24,00 horas.
SUPLEMENTOS
a) Por cada maleta, bulto o
conjunto de bultos42 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 4 de mayo de 1994
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
Descargar PDF