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Don José Manuel Macías Romero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Maracena (Granada),
HACE SABER: Que el Pleno del Ayuntamiento de mi Presidencia, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de mayo de 1994, acordó convocar Oposición Libre para proveer en propiedad una plaza de Subalterno/Notificador de Administración General de este Ayuntamiento, con arreglo a las siguientes bases:
BASES
Que han de regir en la Oposición para la provisión de una plaza de Subalterno/Notificador de Administración General de este Ayuntamiento.
Primera: Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de Oposición Libre, de una plaza de Subalterno/Notificador de Administración General, incluida en la Oferta de Empleo Público de 1994 de este Ayuntamiento, aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 8 de febrero de 1994 y publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 62 de fecha 14 de marzo de 1994 y con la siguiente clasificación: Escala: Administración General. Subescala: Subalterno/Notificador. Grupo: E, y dotado con las remuneraciones que le corresponden conforme al artículo 153 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril y artículo 23 de la Ley
30/1984 de 2 de agosto.
Segunda: Requisitos de los candidatos.
Para tomar parte en la Oposición, es necesario:
a) Ser español/a.
b) Tener cumplidos 18 de edad, y no exceder de aquella en que falte menos de
10 años para la jubilación forzosa por edad. El exceso del límite máximo de edad, podrá compensarse con los servicios prestados anteriormente en la Administración.
c) Título:
Los/as aspirantes deberán estar en posesión del Título de Certificado de Estudios Primarios o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la correspondiente función.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, ni incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad prevista en la legislación vigente.
Tercera: Instancias y documentación a presentar:
Los/as aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que figura como Anexo I a estas Bases y que se publicará con la convocatoria, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en la que deberán hacer constar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda, referido a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma que determina el art. 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales, a partir del siguiente al en que aparezca publicado el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
A la instancia se acompañará:
A) Fotocopia del D.N.I.
B) Fotocopia compulsada del Título exigido en la Base segunda c) o del resguardo para obtenerlo.
C) Carta de pago o justificante de haber ingresado los derechos de examen que se fijan en 2.500 ptas. y que sólo serán devueltas en el caso de ser excluidos/as.
Cuarta: Admisión de aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará Decreto, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación de admitidos/as y excluidos/as, que se hará público en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. En dicho Decreto se hará constar que se concede un plazo de diez días hábiles para subsanación de defectos, en los términos del art. 71 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se determinará la composición del Tribunal Calificador, el lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio, y la letra por la que comenzará la lectura de los ejercicios escritos. Los errores materiales de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
Quinta: Tribunal calificador:
El Tribunal Calificador tendrá la categoría quinta de las recogidas en el Anexo IV del R.D. 236/88 de 4 de marzo, actualizado por Resolución de 11 de febrero de 1991 (B.O.E. núm. 37 de 23 de febrero), y estará integrado por los siguientes miembros:
-Presidente: El de la Corporación o Concejal en quien delegue.
-Vocales:
Un/a representante designado por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.
Un/a funcionario designado por el Alcalde a propuesta de la Comisión de Gobierno.
3 Concejales designados por el Presidente de la Corporación, de los tres grupos municipales.
Un/a representante de los trabajajdores del Ayuntamiento, propuesto/a por los Delegados de Personal.
-Secretario:El de la Corporación o Funcionario en quien delegue.
El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que habrán de designarse simultáneamente con los titulares. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos de tres de sus miembros titulares o suplentes, y en todo caso del Presidente y Secretario, titulares o suplentes.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su trabajo, de asesores especialistas.
Los miembros del Tribunal deberán de abstenerse de tomar parte del mismo, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley
30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos o Escalas del Grupo D y E en los cinco años anteriores a la publicación de la Convocatoria. Los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran alguna o algunas de estas circunstancias.
Sexta:Comienzo y desarrollo de las pruebas.
Con una antelación de al menos, 15 días naturales, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, la relación de aspirantes admitidos y excluidos, la composición del Tribunal y el lugar, día y hora del comienzo del Primer Ejercicio. Para establecer el orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se verificará por sorteo cuyo resultado se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Dicho sorteo se verificará al efectuarse la constitución del Tribunal.
Séptima:Procedimiento de selección.
Los ejercicios de la Oposición, que serán todos ellos obligatorios y eliminatorios, serán los siguientes:
Primer ejercicio:De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar las tareas propuestas por el Tribunal y/o contestar por escrito cómo desarrollarlas, para conocer las dotes, destreza y conocimientos, que tiene el candidato, de las funciones al realizar. Segundo ejercicio:De carácter obligatorio para todos los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio.
Consistirá en cumplimentar un test propuesto por el Tribunal en el tiempo máximo de 20 minutos, adecuado a las condiciones exigibles en este puesto de trabajo sobre cultura general, administración Municipal y características del puesto de trabajo.
Tercer ejercicio:De carácter obligatorio para todos los aspirantes que hayan superado los dos anteriores ejercicios.
Consistirá en desarrollar por escrito en un tiempo máximo de una hora, dos temas de los incluidos en el Programa que figura como Anexo II en estas Bases, sacados a la suerte, de uno de los comprendidos en materias comunes, y otro de los comprendidos en materias específicas. Los temas serán los mismos para todos los aspirantes.
Para la calificación de los ejercicios el Tribunal tendrá en cuenta, además de los conocimientos de los aspirantes, la presentación y ortografía, pudiendo aumentar o disminuir la calificación obtenida por conocimientos, en un 10 por 100, cada uno de estos dos elementos antes citados. Octava:Calificación.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
-El número de puntos que podrá ser otorgado, por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de 0 a 10 puntos.
-Las calificaciones se fijarán sumando las puntuaciones concedidas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de ellos, siendo el cociente la calificación otorgada.
-El orden de calificación definitiva se obtendrá sumando las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios, ordenando el resultado obtenido de mayor a menor.
Novena:Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, y elevará dicha relación a la Alcaldía con propuesta de nombramiento.
Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, Registro General, dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir de la publicación de la Lista de Aprobados, los documentos acreditativos d las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentaran la documentación exigida, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia. Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos, estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados, para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Una vez efectuado el nombramiento, el aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de 30 días, contados desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento; si no tomase posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedará en situación de cesante.
Décima:Incidencias, impugnaciones, legislación.
El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se le presenten y para adoptar los acuerdos necesarios, en relación con aquellos aspectos no regulados en la presente convocatoria y en la legislación vigente. La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Para lo no previsto en las presentes Bases, será de aplicación, la Ley
7/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en segundo lugar el Reglamento para ingreso en la Administración Pública de 19 de diciembre de 1984, aprobado por el Real Decreto 2223//1984 y demás legislación concordante, y el Real Decreto núm. 896/1991 de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y demás normas aplicables.
Ver Anexo I en página núm. 5697 de este mismo número
ANEXO II
Materias Comunes
Tema 1.La Constitución Española. Principios Generales.
Tema 2.Organización Territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 3.La Provincia. Organización Provincial.
Tema 4.El Municipio: Sus elementos.
Tema 5.La Organización Municipal: Composición, formación y competencias de los distintos órganos.
Materias específicas
Tema 1.El Funcionario Municipal: Clases, nombramiento y cese.
Tema 2.Derechos y deberes de los funcionarios locales. Régimen disciplinario.
Tema 3.Las notificaciones: Requisitos y formas de hacerlas. Las citaciones.
Tema 4.El Término Municipal de Maracena: Composición y división. El Padrón Municipal de Habitantes.
Tema 5.La Corporación Municipal de Maracena: Su organización. Maracena, 10 de mayo de 1994.-El Alcalde, José Manuel Macías Romero.
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