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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 5 de junio de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo núm. 2680/93, promovido por Compañía de Financiación de Grandes Almacenes, S.A. (COFIGASA), sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que estimamos el recurso contencioso-administrativo núm. 2680/93 interpuesto por la Procuradora doña M.ª del Carmen Díaz Navarro en nombre y representación de la entidad Compañía de Financiación de Grandes Almacenes, S.A. (COFIGASA) y declaramos la nulidad, por no ajustarse a Derecho, del acuerdo impugnado precitado en el fundamento jurídico primero de esta sentencia, dejando sin efecto la sanción en el mismo impuesta cuyo importe se devolverá de haber sido abonado. Sin costas.
Sevilla, 25 de septiembre de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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