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Vista la petición interesada por la entidad «Landis Gyr Española, Sociedad Anónima¯, domiciliada en la calle Estornino, núm. 3, Sevilla, en solicitud de autorización de prórroga de la aprobación de modelo del contador estático de energía eléctrica marca «Landis Gyr, Sociedad Anónima¯, modelo «ZCB
122r53¯ monofásico, para energía activa, simple tarifa, doble aislamiento, 220 V., 15 (60) A., 50 Hz., clase 2, aprobado de modelo por Resolución de 13 de septiembre de 1990 (BOE de 9 de octubre de 1990), la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.10 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, y el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado.
Considerando el informe técnico emitido por Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A., de fecha 2 de agosto de 1995, en el que se manifiesta la comprobación de que el contador conserva las características técnicas que se exigieron para su aprobación y supera los ensayos reglamentarios,
RESUELVO
Primero. Autorizar la prórroga de aprobación de modelo por un plazo de validez de dos años, a partir de la fecha de la publicación de la presente Resolución, a favor de la entidad «Landis Gyr Española, Sociedad Anónima¯, del contador de energía eléctrica modelo «ZCB 122r53¯ monofásico, para energía activa, simple tarifa, doble aislamiento, 220 V., 15 (60) A.,
50 Hz., clase 2.
Segundo. Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad interesada, si lo desea, solicitará de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo nueva prórroga de aprobación de modelo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 3 de octubre de 1995.-El Consejero (P.D. Orden
11.10.94), El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.
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