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Yo, María Eugenia Rambla Gómez, Notaria del Ilustre Colegio de Sevilla con residencia en Puebla de Guzmán, calle Larga 25, en cumplimiento del artículo 236-f del Reglamento Hipotecario.
HAGO SABER
1. Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución de hipoteca contra don Juan Manuel Morón Macías y doña Josefa Gómez Santos, en el cual se procederá a la venta en pública subasta de la siguiente finca:
Urbana. Solar sito en Santa Bárbara de Casa, calle Puebla s/n. Tiene una superficie de 1.100 metros cuadrados, y linda: Norte, Manuel Morón Díaz; Sur, Bárbara Morón Macías; Este, calle Puebla; y Oeste, calle Jabugo. Sobre dicho solar existe una edificación, que desde su acceso por la calle Jabugo
2, da frente a un pasillo de acceso, a cuya derecha hay un edificio destinado a vivienda de unos 100 metros cuadrados. Frente a ella una edificación de 2 plantas, que tiene 20 metros de longitud, 13 de anchura y
3,20 metros de altura, destinada a secadero de jamones. Inscripción. Tomo 543, libro 13, folio 61, finca 1.053 duplicado, inscripción 6ª
2. Que la subasta de dicha finca se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:
Primera. Se señala la primera subasta para el día 15 de junio a las 17 horas; la segunda, en su caso, para el día 11 de julio a las 17 horas; y la tercera, si procediera, para el día 7 de agosto a las 17 horas, y en caso de mejora de la postura de la tercera subasta se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores el día 12 de agosto a las 17 horas. Todas tendrán lugar el presente año 1995 en mi despacho, sito en Puebla de Guzmán, calle Larga núm. 25.
Segunda. El tipo para la primera subasta es de 20.750.000 pesetas; para la segunda, el 75 por ciento de la cantidad indicada y la tercera se hará sin sujeción a tipo.
Tercera. La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-a y 236-b del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en esta Notaría, en horas de atención al público.
Cuarta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
Quinta. Los postores que concurran a la primera y segunda subastas deberán consignar previamente en esta Notaría el 30 por ciento del tipo señalado para cada una de ellas, y quienes concurran a la tercera, el 20 por ciento del tipo señalado para la segunda subasta.
Sexta. Podrán hacerse posturas por escrito, en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo antes indicado.
Séptima. Sólo la adjudicación en favor del ejecutante o el remate en favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Puebla de Guzmán, 26 de abril de 1995.- La Notaria, María Eugenia Rambla Gómez.
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