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Advertidos errores en el Decreto referenciado, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:
En la página 1.367, Anexo, Artículo 2.4, donde dice: «... todas las actividaes de desinfectación dirigidas a la eliminación de microorganismos patógenos ...«, debe decir: «... todas las actividades de desinfección dirigidas a la eliminación de microorganismos patógenos ...«. En la página 1.372, Artículo 32, donde dice: «... Son órganos competentes para la imposición de las sanciones contempladas en el artículo 20 del presente Reglamento ....«, debe decir: « ... Son órganos competentes para la imposición de las sanciones contempladas en el artículo 29 del presente Reglamento ...«.
Sevilla, 11 de mayo de 1995
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