Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 8/6/1995

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Consejería de Economía y Hacienda

ANUNCIO de la Oficina Liquidadora de Medina-Sidonia, de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se practican notificaciones tributarias.

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A don Angel Benjumea Ortega, con DNI 28.352.825, último domicilio conocido en C/ Hnos. Legarde núm. 2 de la localidad de San Fernando, provincia de Cádiz y en calidad de transmitente en el Expediente núm. 518/91 de Comprobación de Valores se le notifica que de acuerdo con lo establecido en el art. 49 del Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 3.050/1980, de 30 de diciembre, se ha seguido en esta Oficina, respecto a los bienes a que se refiere la Escritura núm. 444/91 de la Notaría de Medina-Sidonia de don Luis López Sanz (pieza de tierra en «Los Hardales«, término de Alcalá de los Gazules) comprobación del valor declarado de 14.000.000 ptas., asignando como comprobado y por tanto, declarando como base imponible del Impuesto la de 30.000.000 ptas. En dicho expediente se ha empleado el medio de comprobación regulado en el art.

52.11.d) de la Ley General Tributaria, consistente en el dictamen de un Perito de la Administración respecto de los bienes a valorar. En relación a la Base Imponible así determinada podrá Uds.: 1. Prestar su conformidad expresa o tácita, entendiéndose producida esta última en caso de que transcurran quince días hábiles sin que se presente reclamación alguna contra ella. 2. Interponer recurso de reposición ante esta misma Oficina, o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Regional, ambos en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de este acuerdo. 3. Solicitar, en el mismo plazo antes mencionado, la tasación pericial contradictoria de los bienes. Por último se hace constar que, en el presente caso, concurren las circunstancias a que se refiere la anterior Disposición Adicional Cuarta de la Ley 8/1989 de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos, actualmente art. 14.7 de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1993 de

24 de septiembre, al exceder el valor comprobado del consignado en el documento a que antes se ha hecho refrencia en más de un 20 por ciento de este último, y ser dicho exceso superior a 2 millones de pesetas. Por ello, conforme determina la mencionada disposición, dicho exceso tendrá para el transmitente y para el adquirente las repercusiones tributarias de los incrementos patrimoniales derivados de transmisiones a título lucrativo (art. 20.3 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Por la presente se hace también saber a los señores que a continuación se relacionan, en la actualidad en ignorado paradero, que por la Oficina Liquidadora del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados del Distrito Hipotecario de Medina-Sidonia, se han practicado las siguientes liquidaciones por los conceptos y ejercicios que se indican:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Lo que se publica en el BOJA, para su notificación a los sujetos pasivos, con la advertencia de que deberán ingresar en la Caja de esta Oficina Liquidadora, el importe de la deuda tributaria, en los siguientes plazos: Los publicados en el BOJA del 1 al 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente; los publicados entre los días 16 y útlimo de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente.

Transcurridos dichos plazos será exigido el ingreso en vía ejecutiva con recargo del 20%.

Cuando cualquier plazo de los anteriores finalice en día inhábil, quedará automáticamente ampliado su término en el día hábil inmediato posterior. Recursos que pueden interponerse:

A) Recurso de Reposición ante la Oficina Liquidadora de Medina-Sidonia.

B) Reclamación Económica-Administrativa ante el Tribunal Provincial.

Se advierte que el Recurso de reposición y la reclamación Económica-Administrativa no son simultaneables. Los recursos se interpondrán en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde la publicación en el BOJA.

Medina-Sidonia, 10 de mayo de 1995.- El Delegado, Gregorio López Martínez.

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