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En el recurso contencioso-administrativo número 1077/93 interpuesto por don Benito González Palacios, la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, Sección 1ª , del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado Sentencia, que es firme, con fecha 22 de julio de 1994, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«Fallamos que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por don Benito González Palacios contra Resolución del Delegado Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda en Huelva de 10 de noviembre de 1993, que desestima su petición de que se le abonen los trienios que tiene perfeccionados por la cuantía fijada para el Grupo al que pertenece actualmente, con efectos desde el 1 de enero de 1989, por ser conforme con el ordenamiento jurídico, sin costas«.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de
1994, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la expresada Sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de junio de 1995.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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