Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 17/6/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

ORDEN de 25 de mayo de 1995, de corrección de errores a la de 6 de marzo de 1995, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias pertenecientes al término municipal de Vera (Almería).

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Detectados errores en la Orden de 6 de marzo de 1995, de esta Presidencia, por la que se aprueba la clasificación de las Vías Pecuarias pertenecientes al término municipal de Vera, en la provincia de Almería, y en cumplimiento a lo contemplado en el párrafo 2º del artículo 105 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pasa a las siguientes correcciones:

1ª En la parte Resolutiva punto 1, donde dice:

«Cañada Real de la Costa«, «Se la considera necesaria en toda su longitud y anchura«, debe decir:

«Cañada Real de la Costa«, «Con una longitud aproximada de 6.875 mts., una anchura legal de 75 mts. y una anchura necesaria de 20 mts.«.

2ª En la parte Resolutiva, punto 3, habrá de añadirse:

«Contiene el Abrevadero denominado Fuente de los Cuatro Vientos«.

3ª En la parte Resolutiva, punto 4, donde dice:

«Cordel de las Alparatas de Mojácar a Vera«, «Se considera necesaria en toda su longitud y anchura«, debe decir:

«Cordel de las Alparatas de Mojácar a Vera. Con una longitud aproximada de

7.900 mts., una anchura legal de 30 mts. y una anchura necesaria de 12 mts.«.

4ª En la parte Resolutiva, punto 5, donde dice:

«Cordel del Camino de Turre a Vera«. «Se la considera necesaria en toda su longitud y anchura«, debe decir:

«Cordel del Camino de Turre a Vera. Con una longitud aproximada de 5.900 mts., una anchura legal de 30 mts. y una anchura necesaria de 12 mts.«.

Sevilla, 25 de mayo de 1995

MANUEL PEZZI CERETTO

Consejero de Medio Ambiente

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