Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Chiclana de Segura, se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22.2.l, 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio. Siendo competente el Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía para dar conformidad a los expedientes de permuta de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.
En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:
Primero. Prestar conformidad a la permuta acordada por la Comisión de Gobierno, del Ayuntamiento de Chiclana de Segura en sesión de 28.4.94, de un local de los bienes de propios, por terrenos propiedad de doña Juana Megías Delgado, y cuya descripción es la siguiente:
Propiedad Municipal: Local de planta baja, situado en c/ Paseo s/n, de 7,60 m. de fachada y 4,50 m. de fondo, con una superficie de 34,20 m2, no segregado aún de finca matriz, cuya signatura registral es: Tomo 1594, Libro
125, Folio 212, Finca núm. 8682, Inscripción 1ª Valor Pericial: 495.000 ptas.
Propiedad Particular: Parcela colindante con el Cementerio Municipal, de
1.925 m2 de superficie, no segregado aún de finca matriz, inscrita ésta en el Registro de la Propiedad de Villacarrillo al Tomo 440, Folio 135, Finca
1891, Inscripción 7ª
Valor Pericial: 616.000 ptas.
Segundo. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Chiclana de Segura (Jaén).
Tercero. Ordenar su publicación en el BOJA.
Jaén, 24 de mayo de 1995.- El Delegado, Miguel Ocaña Torres.
Descargar PDF