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Examinado el expediente incoado a instancia de don José María Jimeno García, en su calidad de titular del Centro Privado de Preescolar y Educación Primaria/Educación General Básica «Sagrado Corazón de Jesús«, con domicilio en c/ Marqués de Nervión núm. 9 y Rico Cejudo núm. 8 de Sevilla, con autorización definitiva para 5 unidades de Preescolar (1 unidad de Jardín de Infancia para 20 puestos escolares y 4 unidades de Párvulos para
160 puestos escolares) por Orden de 24 de noviembre de 1976 y 16 unidades de Educación Primaria/Educación General Básica para 640 puestos escolares por Orden de 29 de septiembre de 1976;
Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional, aparece debidamente acreditada, la titularidad del Centro «Sagrado Corazón de Jesús«, a favor de don José Mª Jimeno García; Resultando que don José Mª Jimeno García, mediante escritura de cesión otorgada ante el notario de Sevilla don Luis Giménez Rodríguez, con el número 1.054, de su protocolo, cede la titularidad del referido Centro a la entidad «Cosaco, S.L.«, quedando representada por don José Mª Jimeno García, que la acepta;
Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia competente; Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del
27 de noviembre); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4de octubre); el Decreto 109/1992, de
9 de junio (BOJA del 20 de junio), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General; y demás disposiciones complementarias;
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia; Considerando que el cambio de dirección del Centro Privado «Sagrado Corazón de Jesús«, no conlleva cambio de domicilio físico del mismo; Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto conceder:
1º El cambio de titularidad al Centro Privado «Sagrado Corazón de Jesús«, que en lo sucesivo la ostentará la entidad «Cosaco, S.L.«, que como cesionaria queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afectan al Centro, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el Centro pueda tener concedidas por la Administración Educativa así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del Centro.
2º El cambio de dirección al Centro Privado «Sagrado Corazón de Jesús« de c/ Marqués de Nervión núm. 9 y c/ Rico Cejudo núm. 8 a c/ Rico Cejudo núm. 8 y
15 ambas de Sevilla.
Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 25 de mayo de 1995
INMACULADA ROMACHO ROMERO
Consejera de Educación y Ciencia
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