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Por Resolución de 28 de enero de 1985, la Dirección General de Bellas Artes de esta Consejería acordaba tener por incoado expediente de declaración de Monumento Histórico-Artístico, a favor de «Puente Suazo¯, en San Fernando (Cádiz).
Durante la tramitación del expediente se puso de manifiesto la existencia de otros importantes restos históricos, los más antiguos de los cuales se remontan a época romana. Igualmente, se ha constatado el hecho de que en este lugar y sus alrededores hubiera acaecido un relevante acontecimiento para la historia de España, como fue la detención de las tropas francesas durante la invasión de España en el siglo XIX, todo ello ha llevado a que por resolución de 2 de noviembre de 1994 de la Dirección General de Bienes Culturales, se haya incoado expediente para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, con la categoría de Sitio Histórico, del Puente Suazo y sus fortificaciones anejas, en los términos municipales de San Fernando y Puerto Real (Cádiz).
Siendo suficiente, por tanto, la protección ofrecida mediante su inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, y de acuerdo con la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, esta Dirección General,
HA RESUELTO
1º Dejar sin efecto la resolución de 28 de enero de 1985, por la que se incoaba expediente para la declaración de Monumento Histórico-Artístico, a favor de «Puente Suazo¯, en San Fernando (Cádiz).
2º Que el presente acuerdo se publique en el BOJA, sirviendo además dicha publicación de notificación a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para los interesados desconocidos en este procedimiento.
Contra esta Resolución cabrá interponer Recurso Ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Cultura en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la publicación.
Sevilla, 14 de diciembre de 1995.- El Director General, Marcelino Sánchez Ruiz.
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