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Intentado sin efecto la notificación del Acuerdo de Iniciación formulado en el expediente sancionador que se detalla por supuestas infracciones a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en el art. 59.4 y
61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26.11.92, se publica el presente, para que sirva de notificación del mismo; significándole que en el plazo de quince días queda de manifiesto el expediente en el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación de Gobernación, Sanlúcar de Barrameda, 3, de Huelva; pudiendo formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes ante el instructor del procedimiento.
Expediente: H-178/96-E.P.
Persona o entidad denunciada y domicilio: Don José Antonio Fernández Rojas. C/ Puebla de Sanabria, 11, 4 Y. Localidad: Huelva.
Establecimiento público y domicilio: Bar «La Cuña¯. C/ Juan Limón Borrero,
12. Alosno.
Infracción: Art. 1.º de la Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de mayo de 1987.
Tipificación: Leve, según art. 26.e) de la Ley 1/1992, de 21 de febrero sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Leve.
Sanción propuesta: 50.000 ptas.
Huelva, 30 de octubre de 1996.- El Delegado, Juan Antonio Muriel Romero.
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