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Número: 215/96. Ngdo.: R. Procedimiento: Juicio Ejecutivo. De don/doña: La Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid. Procurador/a Sr./a: María Dolores Flores Crocci. Contra don/doña: Pablo Felipe Martínez Alonso Bernardo. Procurador/a Sr./a.
Don Rafael Ceres García, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número catorce de los de Sevilla, hago saber:
Que en este Juzgado se siguen autos de Juicio ejecutivo núm. 215/96-R a instancias de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid representado por la Procuradora doña María Dolores Flores Crocci contra don Pablo Felipe Martínez Alonso Bernardo, sobre reclamación de 203.717 pesetas de principal más otras 100.000 pesetas presupuestadas para intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, en los que ha recaído la siguiente resolución literal:
Providencia Magistrado-Juez don/doña Rafael Ceres García.
En Sevilla, a dieciocho de junio de mil novecientos noventa y seis. El anterior escrito presentado por la Procuradora doña María Dolores Flores Crocci, únase a los autos de su razón. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo, y conforme se solicita, se declara embargada la parte legal del subsidio de desempleo a percibir por el demandado don Pablo Felipe Martínez Alonso Bernardo, y ello hasta cubrir el principal reclamado de 203.717 pesetas más otras 100.000 pesetas presupuestadas para intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, para lo cual, líbrese el oportuno oficio al Instituto Nacional de Empleo, despacho que se entregará a la Procuradora actora para que cuide de su diligenciado.
Asimismo, de conformidad con el artículo 1.460 en relación con el 1.444 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, siendo desconocido el domicilio del citado demandado don Pablo Felipe Martínez Alonso Bernardo, cítesele de remate por medio de edictos concediéndole el término de nueve días para que se persone en los autos y se oponga a la ejecución, si le conviniere, haciéndose saber en los mismos que se ha practicado el embargo anteriormente descrito, sin el previo requerimiento de pago por ignorarse su paradero, debiendo fijarse los referidos edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado, y publicándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para lo cual, líbrese el oportuno despacho que se entregará a la Procuradora actora para que cuide de su diligenciado.
Igualmente, y en cuanto a la notificación del presente procedimiento a la esposa del demandado a través de los edictos acordados, y a los efectos previstos en el artículo 144 del Reglamento Hipotecario, no ha lugar, dado que al demandado no le ha sido embargado ningún bien inmueble con carácter ganancial.
Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de tres días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.
Lo mandó y firma S.Sª, doy fe. El/La Magistrado-Juez, El/La Secretario. Y como consecuencia del ignorado paradero de don Pablo Felipe Martínez Alonso Bernardo, se extiende la presente para que sirva de cédula de citación de remate.
Sevilla, a dieciocho de junio de mil novecientos noventa y seis.- El Magistrado-Juez.
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