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Número: 1022/95 Ngdo.: 3. Procedimiento: Artículo 131 L.H. De Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid. Procurador/a Sr./a. Flores Crocci, María Dolores, contra don José Domínguez Carrasco. Procurador/a Sr./a. En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Propuesta de resolución, Secretario doña María Dolores Fernández García. Providencia Magistrado-Juez, don Joaquín Pablo Maroto Márquez.
En Sevilla, a veintiocho de noviembre de mil novecientos noventa y cinco. Por recibidos al anterior escrito con los documentos acompañados y copia de poder con su bastanteo. Regístrese.
Se tiene por personado al Proc. Sr. Flores Crocci, María Dolores en la representación que acredita de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid entendiéndose con el mismo en tal sentido las diligencias sucesivas en legal forma y devolviéndole, como solicita, la copia de poder presentada, una vez que de ella quede testimonio suficiente.
Se admite a trámite la demanda que se formula, entendiéndose dirigida frente a don José Domínguez Carrasco y la que se sustanciará por las normas establecidas en el art. 131 de la Ley Hipotecaria.
Reclámese del Registro de la Propiedad número nueve de Sevilla certificación comprensiva de los extremos siguientes:
A) Inserción literal de la última inscripción de dominio o de posesión, en su caso, que se haya practicado y se halle vigente.
B) Relación de todos los censos, hipotecas, gravámenes y derechos reales y anotaciones a que estén afectos los bienes hipotecados, debiéndose hacer constar expresamente que se halla subsistente y sin cancelar la hipoteca a favor del actor.
Líbrese al efecto el oportuno mandamiento. Requiérase al/los deudor/res don José Domínguez Carrasco para que en el plazo de diez días haga/n pago de las responsabilidades reclamadas ascendentes a 5.860.456 ptas.
Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de tres días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.
Lo que así se propone y firma, doy fe.
Conforme.
Y como consecuencia del ignorado paradero de don José Domínguez Carrasco, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y requerimiento en forma.
Sevilla a veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y seis.- La Secretaria.
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