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En uso de las facultades que me confiere el Decreto 208/92, de 30 de diciembre, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud, esta Dirección Gerencia ha resuelto anunciar reajuste de anualidades en la concesión de subvención que se indica con los requisitos que asimismo se señalan.
SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. SERVICIOS CENTRALES
ASUNTO
Reajuste de anualidades de la Subvención específica por razón del objeto concedida al Ayuntamiento de Martos (Jaén), para la Construcción de un Centro de Salud T-III-URFO.
ANTECEDENTES
Con fecha 11 de abril de 1994 y con el fin de mejorar las prestaciones sanitarias a la población de Martos (Jaén) y su entorno, se autorizó por la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Salud la concesión de una Subvención específica por razón del objeto, al Ayuntamiento de Martos para la construcción de un Centro de Salud T-III-URFO, por un importe total de doscientos millones de pesetas (200.000.000 ptas.).
En esta Resolución se acordaba, asimismo, la firma de un Convenio de Cooperación con el citado Ayuntamiento, al objeto de recoger en el mismo las obligaciones derivadas de la subvención concedida.
Con fecha 26 de mayo de 1994, se formalizó el Convenio, estableciendo en el mismo la siguiente distribución de anualidades:
Año 94: .000.000 ptas.
Año 95: .000.000 ptas.
Año 96: 141.000.000 ptas.
Posteriormente en fecha 15 de febrero de 1996, el Jefe del Servicio de Proyectos y Obras solicita el reajuste de las anualidades vigentes al objeto de armonizar la realidad de las obras a ejecutar, de acuerdo al programa de trabajos aprobados y las disponibilidades presupuestarias del SAS en el Capítulo VII del Presupuesto del gasto, quedando las mismas distribuidas de la siguiente forma:
Año 96: 129.000.000 ptas.
Año 97: .000.000 ptas.
El 13 de marzo del año en curso, el Pleno del Ayuntamiento acordó en Sesión ordinaria, la aceptación del reajuste de anualidades propuesto.
Por ello, en virtud de las facultades que legalmente me vienen artribuidas por la Ley 8/86, de 6 de mayo, de creación del Servicio Andaluz de Salud y el Decreto 317/1996, de 2 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud y de acuerdo con lo establecido en el art. 21.3 de la Ley 9/93, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1994 (prorrogados en virtud del Decreto 289/95 de 12 de diciembre), en relación con el carácter específico de la subvención por razón de su objeto y en el ejercicio de las facultades que me confiere el art. 11 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza.
RESUELVO
Primero. Acordar el reajuste de anualidades de la Subvención específica por razón del objeto, concedida al Ayuntamiento de Martos (Jaén), para la Construcción de un Centro de Salud T-III-URFO, de conformidad con los antecedentes, quedando distribuidas las anualidades como se detalla a continuación:
Año 96: 129.000.000 ptas.
Año 97: .000.000 ptas.
Estas cantidades tendrán el carácter de máxima a subvencionar y no podrán ser en ningún caso, tanto en el importe final como en las Fases establecidas, superior al coste efectivo de las obras a ejecutar por el Ayuntamiento.
Segundo: Acordar la firma de la cláusula modificativa del Convenio de cooperación formalizado con fecha 26 de mayo de 1994 entre el Servicio Andaluz de Salud y el Ayuntamiento de Martos.
Tercero: A los efectos del art. 21.3 de la Ley 9/93, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1994 (prorrogados en virtud del Decreto 472/94 de 27 de diciembre), la presente Resolución se hará pública en el BOJA.
Sevilla, 15 de julio de 1996.- La Directora Gerente, Carmen Martínez Aguayo.
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