Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 06/08/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 15 de julio de 1996, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se publica reajuste de anualidades de la subvención específica por razón del objeto concedida al Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), para la ampliación del Consultorio Local T-I de Aguadulce y nueva construcción de Consultorio T-I en Las Marinas.

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En uso de las Facultades que me confiere el Decreto 208/92, de 30 de diciembre, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud, esta Dirección-Gerencia ha resuelto anunciar reajuste de anualidades en la concesión de subvención que se indica con los requisitos que asimismo se señalan.

SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. SERVICIOS CENTRALES

ASUNTO

Reajuste de anualidades de la Subvención específica por razón del objeto concedida al Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), para la Ampliación del Consultorio Local T-I de Aguadulce y nueva Construcción de Consultorio T-I en Las Marinas.

ANTECEDENTES

Con fecha 19 de mayo de 1994 y con el fin de mejorar las prestaciones sanitarias a la población de Roquetas de Mar (Almería), y su entorno, se autorizó por la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Salud la concesión de una Subvención al Ayuntamiento de Roquetas de Mar, para la Ampliación del Consultorio Local T-I de Aguadulce y nueva Construcción de un Consultorio Local T-I en Las Marinas, por un importe total de veintitrés millones de pesetas (23.000.000 ptas.), con la siguiente distribución de anualidades:

Año 95: .000.000 ptas. Ampliación C.L. Aguadulce. Año 95: .000.000 ptas. Nueva Construcción C.L. Las Marinas. Año 96: .000.000 ptas. Nueva Construcción C.L. Las Marinas.

La Resolución se publicó en el BOJA núm. 98 de 11 de julio de 1995. Posteriormente en fecha 19 de marzo de 1996, el Jefe del Servicio de Proyectos y Obras, solicita el reajuste de las anualidades vigentes como consecuencia de la necesidad de ajustar las inversiones del ejercicio anterior así, como la conveniencia de armonizar la realidad de las obras a ejecutar y las disponibilidades presupuestarias del SAS en el Capítulo VII del presupuesto de gasto, proponiéndose el reajuste con la siguiente distribución:

Año 96: .000.000 ptas. Ampliación C.L. Aguadulce. Año 96: .000.000 ptas. Nueva Construcción C.L. Las Marinas. Año 97: .000.000 ptas. Nueva Construcción C.L. Las Marinas.

Para su conocimiento y efectos, en fecha 20 de mayo de 1996, se da trámite de audiencia al Ayuntamiento,

manifestando éste su conformidad al reajuste de anualidad propuesto.

En fecha 27 de junio de 1996, la Intervención Central del SAS, realiza la fiscalización previa del gasto y del compromiso, contabilizando la disposición del mismo.

Por ello, en virtud de las competencias que me vienen artribuidas por la Ley

8/86, de 6 de mayo, de creación del Servicio Andaluz de Salud y el Decreto

317/1996, de 2 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud y de acuerdo con lo establecido en el art. 21.3 de la Ley 9/93, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1994 (prorrogados en virtud del Decreto 289/95 de 12 de diciembre), en relación con el carácter específico de la subvención por razón de su objeto y en el ejercicio de las facultades que me confiere el art. 11 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza.

RESUELVO

Primero. Acordar el reajuste de anualidades de la Subvención específica por razón del objeto, concedida al Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), para la Ampliación del Consultorio Local T-I de Aguadulce y Nueva Construcción de Consultorio T-I en Las Marinas, quedando establecido a efectos de disposición de créditos de la siguiente forma:

Año 96: .000.000 ptas. Ampliación C.L. Aguadulce.

Año 96: .000.000 ptas. Nueva Construcción C.L. Las Marinas. Año 97: .000.000 ptas. Nueva Construcción C.L. Las Marinas.

Segundo: A los efectos del art. 21.3 de la Ley 9/93, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1994 (prorrogados en virtud del Decreto 472/94 de 27 de diciembre), la presente Resolución se hará pública en el BOJA.

Sevilla, 15 de julio de 1996.- La Directora Gerente, Carmen Martínez Aguayo.

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