Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 12/09/1998

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

DECRETO 174/1998, de 8 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 126/1995, de 9 de mayo, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico Superior en Comercio Internacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El Decreto 126/1995, de 9 de mayo (BOJA de 29 de agosto), establece las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico Superior en Comercio Internacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por otra parte, el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo, dispone en su adicional sexta, la modificación de los apartados 3.2, 4.1 y 6.2 del Anexo al Real Decreto 1653/1994, de 22 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Comercio Internacional, conforme al Anexo VII del mencionado Real Decreto 777/1998.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia, oído el Consejo Andaluz de Formación Profesional y con el informe del Consejo Escolar de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día de septiembre de

1998,

DISPONGO

Artículo único. Se modifica el Decreto 126/1995, de 9 de mayo, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico Superior en Comercio Internacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los términos que se establecen a continuación:

1. El artículo 5.1 queda redactado de la siguiente forma:

a) Módulos profesionales asociados a la competencia:

- Marketing internacional.

- Negociación internacional.

- Gestión administrativa del comercio internacional.

- Almacenaje de productos.

- Transporte internacional de mercancías.

- Financiación internacional.

- Medios de pago internacionales.

- Aplicaciones informáticas de propósito general.

- Lengua extranjera en comercio internacional.

b) Módulos profesionales socioeconómicos:

- El comercio y el transporte en Andalucía.

- Formación y orientación laboral.

c) Módulo profesional integrado:

- Proyecto integrado.

2. En el apartado a) del Anexo I, se desdoblan los módulos profesionales 1 y 5 de:

- Compraventa internacional, en Marketing internacional y en Negociación internacional.

- Gestión financiera internacional, en Financiación internacional y en Medios de pago internacionales.

Con la numeración, las duraciones horarias y los demás elementos curriculares que se establecen en el Anexo I del presente Decreto.

3. El cuadro «Relación de módulos profesionales y duraciones¯, que figura al final del Anexo I, queda tal y como se establece en el Anexo I del presente Decreto.

4. El Anexo II, referido al profesorado, queda redactado de la forma que establece el Anexo II del presente Decreto.

DISPOSICION TRANSITORIA

Los alumnos y alumnas que hayan iniciado las enseñanzas correspondientes al ciclo formativo de grado superior de Comercio Internacional con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto y promocionen a segundo curso, continuarán durante el año académico 1998/99 con la misma organización curricular de módulos profesionales que se establece en el Decreto 126/1995, de 9 de mayo.

DISPOSICION DEROGATORIA

Se suprimen del apartado a), del Anexo I, del Decreto

126/1995, de 9 de mayo, los módulos profesionales: 1. de Compraventa internacional y 5. de Gestión financiera

internacional.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se autoriza al Consejero de Educación y Ciencia para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo previsto en el presente Decreto.

Segunda. El presente Decreto entrará en vigor el día

siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de septiembre de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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