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La Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de 25 de noviembre de 1997, destina dos millones de pesetas (2.000.000 ptas.) para la provincia de Málaga para subvencionar a determinadas Corporaciones Locales afectadas por inundaciones.
En base a la Orden de 1 de octubre de 1987, que regula el Fondo de Catástrofes y en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.b) del Decreto
117/89, de 31 de mayo, por el que se regulan las subvenciones que otorga la Consejería de Gobernación a las Corporaciones Locales para gastos que comporten inversión en obras y servicios de extrema necesidad ocasionados por daños catastróficos, y de acuerdo con lo regulado en el art. 13.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en relación con el artículo 4 de la Orden de 25 de noviembre de 1997,
RESUELVO
Primero. Asignar a los Ayuntamientos relacionados en el Anexo I las subvenciones que se especifican para su reparto a los particulares damnificados y detallados, por las cantidades consignadas, con cargo a la aplicación presupuestaria 76100.21B.7 a efectos de reparación de los daños sufridos en viviendas y enseres afectados por las inundaciones acaecidas.
Segundo. Se declaran dichas subvenciones específicas por razón del objeto, justificándose su finalidad pública e interés social por representar ayudas a situaciones de emergencia o grave riesgo en los supuestos de daños a personas o bienes ocasionados por catástrofes o calamidad pública.
Tercero. Como establece la Resolución de 3 de diciembre de 1997, de la Excma. Consejera de Economía y Hacienda y dada la emergencia social de estas ayudas, se acuerda excepcionar del límite del 75%, establecido en el párrafo primero del art. 18.1 de la Ley 8/1996, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1997, el pago de las subvenciones para vivienda y enseres, que se concedan al amparo de la Orden de 25 de noviembre de 1997, por la que se conceden subvenciones a las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía afectadas por las inundaciones.
Cuarto. La justificación de esta subvención se hará ante esta Delegación del Gobierno en la forma prevista en el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 149/1988, de 5 de abril.
ANEXO I
Algatocín: 600.000 ptas.
Damnificado: María Mena Melgar.
DNI: 25.500.980.
Subvención: 300.000 ptas.
Damnificado: Antonia Núñez Salvatierra.
DNI: 25.510.628.
Subvención: 300.000 ptas.
Carratraca: 400.000 ptas.
Damnificado: Josefa Sánchez Cantero.
DNI: 25.528.161.
Subvención: 400.000 ptas.
Genalguacil: 200.000 ptas.
Damnificado: Juan del Río Rodríguez.
DNI: 25.653.175 ptas.
Subvención: 200.000 ptas.
Manilva: 400.000 ptas.
Damnificado: Pedro Ramírez Martín.
DNI: 24.612.875.
Subvención: 100.000 ptas.
Damnificado: Iluminación Rojas Rojas.
DNI: 32.023.442 ptas.
Subvención: 100.000 ptas.
Damnificado: Francisca Siles León.
DNI: 24.613.135.
Subvención: 100.000 ptas.
Damnificado: Ana Cabrera Ramos.
DNI: 74.808.119.
Subvención: 100.000 ptas.
Ronda: 400.000 ptas.
Damnificado: José Quintana Carrero.
DNI: 31.985.426.
Subvención: 133.333 ptas.
Damnificado: Carmen Cantos Beltrán.
DNI: 25.575.089.
Subvención: 133.333 ptas.
Damnificado: Encarnación Lara Orozco.
DNI: 25.486.450 ptas.
Subvención: 133.333 ptas.
Contra la presente Resolución se podrá interponer Recurso Ordinario en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia.
Málaga, 11 de diciembre de 1997.- El Delegado, P.A. (Dto. 512/96), El Delegado Provincial de Economía y Hacienda, José C. Martín Jiménez.
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