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El vertedero «EL Acebuchal¯, sito en el término municipal de Alcalá de Guadaira (Sevilla), está inventariado con el núm. 27 de suelos contaminados dentro del ámbito del Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados (1995-2005), aprobado por el Consejo de Ministros de 17 de febrero de 1995.
El Director General de Protección Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente aprobó con fecha 22 de octubre de 1997 el Proyecto de Recuperación del Emplazamiento contaminado por RTP,S «El Acebuchal¯. Para la consecución de los objetivos del citado Proyecto es necesario la expropiación de los bienes que se citan en la relación adjunta.
El artículo 22 de la Ley 20/86, de 14 de mayo, de Residuos Tóxicos y Peligrosos, declara a los efectos de la aplicación de la Ley de Expropiación Forzosa de Utilidad Pública el tratamiento, la recuperación, el almacenamiento y la eliminación de los residuos tóxicos. En este sentido el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa en relación con el artículo
56.1 de su Reglamento establecen como trámite preceptivo previo a la Declaración de Urgente Ocupación un período de Información Pública.
Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 51 de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, en relación con lo dispuesto en el Decreto 202/1997, de 3 de septiembre, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.
A C U E R D O
Abrir un período de información pública por plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente, a los efectos prevenidos en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, y 56.1 de su Reglamento.
El expediente estará de manifiesto en las dependencias de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, Avda. de la Innovación, s/n, edificio Minister, en horario de oficina.
Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 26 de noviembre de 1997
JOSE LUIS BLANCO ROMERO
Consejero de Medio Ambiente
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]