Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 26/03/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 24 de febrero de 1998, del Patronato de la Alhambra y Generalife, por la que se encomienda la gestión de determinadas funciones relacionadas con el parque periurbano Dehesa del Generalife a un funcionario de la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente.

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El convenio entre la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Granada y el Patronato de la Alhambra y Generalife, de 17 de marzo de 1995, establece en su punto primero la creación del parque periurbano Dehesa del Generalife, situado, en parte, en terrenos pertenecientes al Patronato de la Alhambra y Generalife.

El régimen de uso y protección del parque periurbano Dehesa del Generalife será establecido en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, en la Ley 2/1989, de 18 de julio, para Espacios Naturales Protegidos en general, y por la Orden de 8 de marzo de 1995, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se declara el parque periurbano Dehesa del Generalife, sin perjuicio de la aplicación subsidiaria del Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos en la provincia de Granada.

Corresponde a la Consejería de Medio Ambiente, conforme a la Orden de

8 de marzo de 1995, a través de su Delegación Provincial en Granada, la gestión y administración del parque periurbano, que designará a un funcionario adscrito a la misma, a fin de que desarrolle las actuaciones de conservación o regeneración de la zona que esta Consejería determine, así como para que controle que el uso y disfrute que se haga del parque sea, en todo caso, compatible con la conservación del mismo, impidiendo el desarrollo de cualquier actividad que pudiera implicar menoscabo o deterioro de las condiciones del espacio, sus elementos naturales o sus instalaciones.

Corresponde al Patronato de la Alhambra y Generalife, conforme al artículo 6 de sus Estatutos, aprobados por Decreto 59/1986, de 19 de marzo, velar por la custodia, conservación y administración de bosques, jardines, cultivos y terrenos de su propiedad, así como elaborar y desarrollar planes de conservación de las condiciones ambientales y paisajísticas del recinto monumental y su zona de protección.

En virtud de lo expuesto, con la finalidad de propiciar e impulsar que la actividad del Patronato de la Alhambra y Generalife en materia de bosques, jardines, cultivos y terrenos de su propiedad se desarrolle de forma coherente con la gestión y administración que del parque periurbano realice la Consejería de Medio Ambiente a través de su Delegación Provincial en Granada, y del funcionario designado por ésta para la ejecución de los programas y actividades previstas en esta zona, he resuelto, previo acuerdo con la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente:

Primero. Encomendar a don Andrés Castillo Fernaud, funcionario adscrito a la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente, la elaboración y dirección de planes de actuación en los terrenos propiedad del Patronato de la Alhambra y Generalife afectados por la creación del parque periurbano Dehesa del Generalife, en los términos y con los límites establecidos en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Encomendar al citado funcionario la coordinación de las tareas de conservación, mantenimiento y reposición de bosques, jardines y viveros ubicados en el recinto monumental de la Alhambra y Generalife, con la finalidad de un desarrollo integral de los mismos con respecto al parque periurbano.

Tercero. La vigencia de la gestión encomendada a don Andrés Castillo Fernaud finalizará en el momento en que se consideren, por este organismo, alcanzados los fines expuestos.

Granada, 24 de febrero de 1998.- El Director, Mateo Revilla Uceda.