Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 25/04/1998

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 27 de marzo de 1998, de la Dirección General de Administración Local, por la que se adscribe en comisión de servicios a don Eduardo Manuel López Hermosilla, Secretario del Ayuntamiento de Fiñana (Almería), al puesto de trabajo de Viceintervención del Ayuntamiento de Níjar (Almería).

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Níjar (Almería), según n acuerdo adoptado en

sesión celebrada el día 14 de marzo de 1998, por el que se solicita la adscripción temporal en comisión de

servicios al puesto de trabajo de Viceintervención de la citada Corporación de don Eduardo M. López

Hermosilla, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de

Secretaría-Intervención, NRP 27495093/35/A3015, así como la conformidad del Ayuntamiento de

Fiñana

(Almería), manifestada en sesión celebrada el día 5 de febrero de

1998, de conformidad con lo

establecido en el artículo 32 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de

trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación

las

competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena, de la Ley 22/1993, de 29 de

diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de

Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Conferir la adscripción en comisión de servicios de don Eduardo M. López Hermosilla, NRP

27495093/35/A3015, actual Secretario titular del Ayuntamiento de Fiñana (Almería), al puesto de

trabajo

de Viceintervención del Ayuntamiento de Níjar (Almería), durante el periodo de tiempo de un año,

corriendo a cargo de este último el pago de las remuneraciones debidas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el art. 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el art.

109,

apartado d), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común n, se podrá interponer recurso contencioso-

administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General de conformidad con

el

art. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 27 de marzo de 1998.- El Director General, Jes s María Rodríguez Román.