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Al objeto de paliar los efectos producidos por la rotura de la balsa de decantación de las minas de Aznalcóllar, la Administración de la Junta de Andalucía ha establecido un marco de referencia básico para las distintas actuaciones administrativas mediante el Decreto 99/1998, de 12 de mayo, en el que se contiene, junto a medidas específicas, un mandato genérico a los órganos y autoridades administrativas para que en su ámbito competencial adopten cuantas medidas sean necesarias para su efectivo cumplimiento.
Entre otros muchos efectos, la citada rotura de la balsa de decantación de las minas de Aznalcóllar ha producido consecuencias importantes en los pueblos que se asientan en las riberas del río Guadiamar, siendo el empleo agrario y el colectivo de los trabajadores del campo y agricultores especialmente perjudicados.
Con el fin de compensar, en la medida de lo posible, los daños causados a estos colectivos, las Administraciones Públicas implicadas suscribieron el pasado día 23 de mayo de 1998 un Convenio de colaboración a fin de impulsar planes de empleo especiales que beneficien a los trabajadores afectados como consecuencia de la situación creada, utilizando dicho trabajo en la ejecución de acciones y proyectos que permitan la realización de tareas de recuperación del entorno afectado.
Dentro del marco de referencia anteriormente señalado, y en cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Administración de la Junta de Andalucía, es necesario proceder a la concesión de las correspondientes subvenciones a los municipios afectados, a tenor de lo previsto en el artículo 1º
b) del Decreto 117/89, de 31 de mayo, por el que se regula la concesión de las subvenciones a Corporaciones Locales.
Atendiendo al carácter finalista de la propia subvención y a los principios de eficacia, economía y celeridad, se prevé una delegación de competencia de la Consejera de Gobernación y Justicia en el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla para otorgar dichas ayudas.
En virtud de las atribuciones conferidas en los artículos 39 y
44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía; artículo
18 de la Ley 7/1997, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1998 y, artículos 1º b) y
3º del Decreto 117/89, de 31 de mayo ya citado,
D I S P O N G O
Artículo 1. Objeto.
La presente Orden tiene por objeto destinar a los municipios de la provincia de Sevilla afectados por los daños causados por la rotura de la balsa de decantación de las minas de Aznalcóllar, la cantidad de ciento setenta millones de pesetas (170.000.000) en concepto de financiación de programas de empleo que impulsen la rehabilitación de la zona afectada por la catástrofe, así como los gastos de cualquier naturaleza que se deriven de las obras, servicios y suministros necesarios para la más eficaz y rápida retirada de los lodos y recuperación del entorno.
Artículo 2. Beneficiarios de la subvención. Los beneficiarios de las subvenciones serán los municipios de Aznalcázar, Aznalcóllar, Benacazón, Huévar, La Puebla del Río, Olivares, Pilas, Sanlúcar la Mayor, Villafranco del Guadalquivir y Villamanrique de la Condesa, todos ellos de la provincia de Sevilla.
Artículo 3. Pago de las subvenciones.
El pago de dichas subvenciones se ordenará con cargo a la aplicación presupuestaria 01.10.00.01.765.00.81A denominada «Para servicios y obras¯.
Artículo 4. Delegación de competencias.
Se delega en el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla la facultad de otorgar subvenciones al amparo de esta Orden, mediante la correspondiente resolución, en la que se hará constar esta circunstancia.
Artículo 5. Carácter de la subvención.
Por la finalidad pública, reparación de los daños causados por la rotura de la balsa de decantación de las minas de
Aznalcóllar, se declaran estas subvenciones de carácter excepcional y tramitación preferente.
Disposición Final Unica. Efectos.
La presente Orden tendrá efecto el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de julio de 1998
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación y Justicia
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