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Por Resolución de 4 de septiembre de 1998 (BOJA núm. 110, de 29 de septiembre) se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en esta Delegación Provincial, de conformidad con lo establecido en el artículo
25.1. de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la función Pública de la Junta de Andalucía, y en el Decreto
151/1996, de 30 de abril, por el que se regulan los concursos para provisión de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía adscritos a personal funcionario y se aprueba el baremo que ha de regirlos.
Habiéndose cumplido las normas reglamentarias y los procedimientos, y en cumplimiento de lo previsto en la base undécima de la Resolución antes citada, la Comisión de Valoración ha formulado la correspondiente propuesta de resolución del concurso con la valoración final de los candidatos propuestos y los puestos desiertos.
En su virtud, y en uso de las competencias que me han sido delegadas por la Orden de 23 de julio de 1998 del Consejo de turismo y Deporte (BOJA núm. 87, de 4 de agosto) dispongo 2º, en relación con el artículo único, apartado 9, del Decreto
56/1994, de 1 de marzo, de atribución de competencias en materia de personal,
DISPONGO
Primero. Resolución y adjudicación de los puestos de trabajo convocados.
1. Se aprueba la propuesta de resolución del concurso, adjudicando con carácter definitivo los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución a los funcionarios que en él se especifican. Los destinos son irrenunciables salvo que con anterioridad a la finalización del plazo posesorio, excluidas las prórrogas de incorporación, los interesados obtengan otro destino por convocatoria pública en Boletín Oficial, en cuyo caso podrán optar por uno de los dos, viniendo obligados a comunicar por escrito a esta Delegación Provincial y a la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Gobernación y Justicia, en el término de tres. días desde la publicación de la adjudicación, la opción realizada.
2. Se declaran desiertos los puestos que no figuran en el Anexo de la presente Resolución, porque no han sido adjudicados a ningún funcionario, ya sea porque no han sido solicitados, ya sea por no reunir los candidatos solicitantes los requisitos exigidos por las bases para su adjudicación.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.3 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y previa preceptiva comunicación al órgano que dicta el acto, de conformidad con lo establecido en el artículo 110.3 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Almería, 9 de diciembre de 1998.- El Delegado, Fernando Navarrete López-Cózar.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]