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Prestar una adecuada atención asistencial a los alumnos y alumnas con algún tipo de discapacidad psíquica, sensorial o física, y con necesidades especiales de educación, es uno de los objetivos prioritarios de la Consejería de Educación y Ciencia. La integración de estos alumnos en los Centros públicos de enseñanza hizo necesaria la creación de la categoría laboral de Monitor de Educación Especial, aprobada por la Comisión del IV Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía e incorporada a la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Educación y Ciencia mediante el Decreto 18/1997, de 28 de enero, que transformó las antiguas plazas de cuidadores de educación especial y añadió una serie de plazas de nueva creación que hoy están ocupadas casi en su totalidad.
El progresivo aumento experimentado en la matriculación de alumnado con necesidades de integración está generando una necesidades que deben quedar suficientemente atendidas mediante la ampliación de los recursos humanos disponibles. A tal efecto, mediante el presente Decreto se aumentan en sesenta y ocho los puestos de trabajo de Monitores de Educación Especial, que quedan adscritos a los Centros de destino especificados en el Anexo a este Decreto.
Según lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley
9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Comisión del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo
10 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de febrero de 1999.
DISPONGO
Artículo 1. Se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia, mediante la incorporación de un puesto de Monitor de Educación Especial en cada uno de los Centros de destino que figura en el Anexo a este Decreto.
Artículo 2. Las características esenciales de los citados puestos de trabajo son las siguientes:
Denominación: Monitor de Educación Especial. Número: 1.
Adscripción: L.
Modo acceso: PC,S.
Grupo: III.
Categoría: 02.
C. específico: 0.
En el citado Anexo se especifica el código correspondiente a cada uno de los puestos de trabajo de nueva creación.
Disposición final única. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 9 de febrero de 1999
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación y Justicia
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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