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Examinadas las diligencias instruidas por presuntas infracciones a la normativa de espectáculos taurinos que motivaron el inicio del procedimiento sancionador acordado el día 25 de noviembre de 1998 contra don Manuel Cid de la Paz, con DNI 28.664.986, y sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES
Primero. Vista el acta de finalización del espectáculo taurino celebrado el pasado 12 de septiembre en la plaza de toros de Almadén de la Plata, el día 25 de noviembre fue acordada la iniciación del presente expediente sancionador contra don Manuel Cid de la Paz en el que le fue imputado que las reses lidiadas en el referido espectáculo, una vez finalizado el mismo, volvieron a la explotación ganadera sin que se procediera a su apuntillamiento.
Segundo. En la tramitación del procedimiento sancionador han sido observadas las formalidades legales y reglamentarias, sin que hasta la presente fecha el interesado haya hecho uso de su derecho a formular alegaciones.
HECHOS PROBADOS
De la documentación obrante en el presente expediente quedan probados los hechos relatados en el antecedente primero.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Los hechos descritos suponen una infracción del artículo 91.6 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de espectáculos taurinos, tipificada como falta grave en el artículo 15.p) de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.
Así pues,
SE PROPONE
Que se sancione con multa de ciento veinte mil pesetas (120.000 ptas.), de acuerdo con lo previsto en el artículo
18.1.a) de la Ley sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos para las faltas graves y en el artículo 95 del Reglamento de espectáculos taurinos.
Asimismo, se inicia un plazo de quince días, de conformidad con el artículo 19.1 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, para que pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y se concede trámite de audiencia durante el mismo plazo, pudiendo en este período examinar el expediente en el que constan los siguientes documentos: Acta de finalización del festejo y acuerdo de iniciación.
Sevilla, 17 de marzo de 1999.- La Instructora del Procedimiento, Concepción Ibáñez Valdés.
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